Reformas legales para evitar que lleguen al poder delincuentes

Mientras por una parte es loable el avance en nuestro sistema jurídico para impedir que lleguen a ejercer el poder público personas que son violadores, golpeadores, que maltratan a sus hijos o deciden no asumir sus responsabilidades para con sus familias

Una de las novedades en este proceso electoral es la implementación de la 3 de 3 contra la violencia de género, que tiene su fundamento en la reforma a los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de nuestro país, que en Tabasco implicó también la reforma de la Constitución local, con la finalidad de impedir que participen en la contienda y lleguen a cargos públicos personas responsables de ciertos delitos.

Es en el artículo 38 de nuestra Constitución federal donde se establece bajo qué circunstancias los ciudadanos mexicanos pueden ver suspendidos sus derechos. Además de los supuestos que existían previamente, en mayo del año pasado se incorporaron los siguientes: tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual y por violencia política contra las mujeres en razón de género, así como ser declarada como persona deudora alimentaria morosa. Específicamente se ordena que en esos casos las personas no podrán ser registradas como candidatas para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombradas en empleo, cargo o comisión alguno dentro del servicio público.

¿Cómo se va a verificar que los aspirantes cumplan con el requisito de estar libres de responsabilidad en estos delitos? En el caso de la elección local, es el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) el que debe verificar a los candidatos a las alcaldías y regidurías, diputaciones locales y la gubernatura mediante el procedimiento que para ello aprobó expresamente.

Los partidos o candidatos independientes deben aportar los datos necesarios para su identificación precisa, los que impidan confusión en caso de que haya otras personas que tengan su mismo nombre, mientras que el IEPCT requiere al Tribunal Superior de Justicia y a la dirección general del Sistema Penitenciario estatal que las personas aspirantes no estén en los supuestos antes mencionados.

Si es el caso con alguno de los aspirantes, el instituto les da vista a los partidos y tienen 24 horas para sustituir al candidato, o en caso de que sea deudor alimentario, para que pague su deuda y continúe en sus aspiraciones tras ponerse al corriente. Si algún candidato resulta sentenciado durante la contienda por los delitos previstos en la llamada 3 de 3 contra la violencia de género, o algún otro delito que implique la pérdida de sus derechos políticos, perderá la candidatura. La reforma es de tal envergadura que, incluso tras la elección y declaración de validez, si una persona es sentenciada estando ya en el cargo público por esos delitos, no debería poder mantenerse en el cargo.

Tal como es el caso en la contienda estatal, lineamientos y procesos similares se llevan a cabo en la contienda federal. Entre los procesos locales que se llevan a cabo en tras siente entidades del país, además de Tabasco, más el proceso federal en que renovamos en Congreso de la Unión y la Presidencia de la República, habrá que llevar acabo esta verificación con todos los aspirantes a los más de 19 mil cargos que se renuevan.

Como se puede apreciar, estos requerimientos técnico-políticos han incrementado notablemente el grado de de la contienda, de modo que hacen partícipe de un modo nuevo, nunca antes probado, al Poder Judicial complejidad. Mientras por una parte es loable el avance en nuestro sistema jurídico para impedir que lleguen a ejercer el poder público personas que son violadores, golpeadores, que maltratan a sus hijos o deciden no asumir sus responsabilidades para con sus familias, es todo un reto lograr que esta reforma se haga efectiva.

Hay que dar seguimiento puntual a la implementación de esta reforma, que más allá de las elecciones, está hecha para transformar la vida pública nacional. Será un desafío todavía más grande garantizar que se cumpla una vez que este proceso electoral haya terminado y los cargos de elección se hayan renovado. ¿Seremos capaces de hacer valer esta ley cuando afecte a los poderosos?