Certidumbre jurídica, fundamental para la gobernabilidad

El principio de legalidad está entre las nociones básicas del derecho administrativo, según este principio, todas las entidades y dependencias de la administración pública deben ajustarse a hacer sólo aquello que la ley permite expresamente cuando se trate de su relación con ciudadanos u otras entidades públicas o privadas.

Certidumbre jurídica, fundamental para la gobernabilidad

El principio de legalidad está entre las nociones básicas del derecho administrativo, según este principio, todas las entidades y dependencias de la administración pública deben ajustarse a hacer sólo aquello que la ley permite expresamente cuando se trate de su relación con  ciudadanos u otras entidades públicas o privadas. Es tan importante que se considera que aquellos países donde no se cumple este principio son autoritarios, precisamente en la medida en que la esto provoque falta de certidumbre jurídica.

En ese sentido, resulta por lo menos paradójico que el rector de la Universidad Juárez, Guillermo Narváez Osorio, admitiera que están vencidos los nombramientos de la mayoría de los integrantes de la Junta de Gobierno que lo eligió como rector para un segundo periodo. Dijo que el marco legal de la UJAT "no establece en ningún lado que al terminar y no ser sustituidos sean ilícitos los actos que realicen" los integrantes de la Junta de Gobierno que permanezcan con sus periodos de nombramiento vencidos, que no hay una sanción de nulidad o de ilicitud de los actos que en ese estado lleven a cabo y que ya en otra ocasión ha sucedido "exactamente lo mismo".

El rector sostuvo que los nombramientos de los integrantes de la Junta de Gobierno vencieron en octubre, tal es ese el caso de seis: Elsa Rueda Ventura de la División Académica de Ciencias y Tecnologías de la Información (DAIS), Alejandra Elvira Espinoza de los Monteros de la División Académica de Ciencias Básicas (DACB), Gildardo López Baños de la División Académica de Ciencias Económico Administrativas (DACEA), Carlos Jorge Morton Montemayor de la División Académica de Ingeniería y Arquitectora (DAIA), José Luis Zerón Villaís de la División Académica Multidisciplinaria de los Ríos (DAM Ríos) y María Guadalupe Noriega Aguilar de la División Académica de Educación y Artes (DAEA). Sin embargo, en el caso de José Ramón Laines Canepa de la División Académica de Ciencias Biológicas (DACBIOL), su nombramiento había vencido desde junio de 2023.

Causa extrañeza que Narváez Osorio, quien fue magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia de Tabasco, desconozca públicamente las implicaciones del principio de legalidad, y que lo haga, además, pretendiendo la mayor naturalidad del mundo. Como para transmitir a la ciudadanía la idea de que eso está bien, es correcto. Casi como si fuera costumbre.

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Por el contrario, el rector, tanto como el presidente de la República o cualquier servidor público de nuestro país, están sujetos a la ley y, de hecho, por lo que representan sus liderazgos son ellos los primeros obligados a hacer valer las normas que tienen precisamente como objetivo imponer límites al ejercicio del poder.

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¿Coarta esto en alguna medida las libertades de los servidores públicos? Al respecto de la libertad de expresión de éstos y su derecho a defenderse de las críticas, en México el sistema dual de protección adoptado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación señala que las personas servidoras públicas y los aspirantes a cargos públicos están expuestas a un control más riguroso de sus actividades, que la crítica es inseparable del ejercicio público o la aspiración del mismo y que están obligados a un mayor nivel de tolerancia a la crítica respecto a la información que es de interés público.

Habrá a quien todo esto le parezcan banalidades. Sin embargo, el respeto al principio de legalidad así como a la libertad de expresión son, ambos, garantías de tal envergadura que según se cumplan se puede valorar si un régimen es o no autoritario. Desde luego, esto es así porque de por medio están, además de los recursos del erario que aportan los mexicanos, sus derechos. Son estos derechos precisamente los que mediante el poder y recursos públicos se deben garantizar.

Cierto que unos dichos por desafortunados que sean no bastan para sostener que es completamente nulo el estado de Derecho, sin embargo, asumir una actitud de desprecio a la ley siendo autoridad es cuando menos un error vergonzoso. El líder que incurre en esa actitud merma su propia legitimidad porque es de esa ley que emana el cargo que ostenta. Por desgracia, en muchas ocasiones la actitud permea también entre los ciudadanos.




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