Una reforma controversial: aciertos, omisiones e insuficiencias

El nerviosismo por la seguridad jurídica de las inversiones en México es una causa indirecta de la fluctuación del dólar vivida tras la elección

La reforma al poder judicial propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador el pasado 5 de febrero ha sido motivo de innumerables controversias, las cuales se avivaron con el triunfo de la presidenta electa Claudia Cheimbaum, quien abrazó su compromiso con el llamado Plan C de AMLO y ha defendido que la reforma judicial no representará autoritarismos, que ella no tiene intención de concentrar el poder.

El nerviosismo por la seguridad jurídica de las inversiones en México es una causa indirecta de la fluctuación del dólar vivida tras la elección, por lo que Claudia Sheinbaum debió salir a "calmar a los mercados".

El punto más polémico de ese plan es la reforma judicial. La iniciativa tiene sus aciertos, omisiones y también insuficiencias. Si bien en su exposición de motivos parte de algunas premisas ciertas, no necesariamente son correctas las conclusiones con las que se llega a hacer la propuesta. En especial, es notorio que se omite abordar otro aspecto fundamental en la impartición de justicia.

Es cierto que hay impunidad y que el distanciamiento entre la sociedad y el Poder Judicial es muy significativo, sin embargo, no está claro que el acercamiento que deba darse sea en el contexto de una campaña electoral. Además, es notoria la omisión de la realidad de nuestros sistemas judiciales, tanto federal como locales: están más que rebasados en sus capacidades humanas, muchas veces enfrentando severas carencias de materiales y tecnológicas.

La regulación que intenta hacerse respecto de los tiempos en que los asuntos se deben resolver, que pasa por una revisión de las demoras por parte del Tribunal Disciplinario de Justicia que se propone crear, topará de frente con esa realidad nada más empezar funciones.

Por cuanto a las elecciones, se contempla que los candidatos sean postulados por los poderes de a Unión, a razón de dos candidatos el Ejecutivo, dos el Legislativo y dos el Judicial. Además, propone que estas elecciones sean concurrentes con las votaciones del Ejecutivo y Legislativo. Se prevé que los candidatos debatan y que tengan tiempos oficiales para hacerse campaña en los medios de comunicación. Los votos los recogerá el órgano electoral, los contará el Senado y será el mismo Poder Judicial el que desahogue las impugnaciones y entregue las constancias de validez.

Está previsto que los ministros de la Suprema Corte se reduzcan de 11 a 9, y que los que están en funciones dejen el cargo en cuanto los electos tomen protesta. No obstante, los magistrados del Tribunal Electoral, magistrados de circuito y jueces de distrito sí podrán postularse para contender por el cargo. Resulta notorio que la iniciativa no incluya a los tribunales agrarios ni los de justicia administrativa en el ejercicio de las elecciones. Desde esta trinchera, si se adopta la reforma debe incluirse a todos y debería haber igualdad de circunstancias en la contienda. O pueden participar o no pueden.

En la exposición de motivos de la iniciativa de Reforma Judicial se menciona el modelo estadounidense, en el que jueces estatales son electos por voto popular. No obstante, se omite un detalle importantísimo: en esos juicios la decisión no la toman ellos como jueces sino un jurado conformado por ciudadanos.

Desde esta columna, la reforma está incompleta sin los jurados. Es ésta figura (y no las urnas) la que pone la justicia radicalmente en las manos del pueblo. Aquí opino que la conformación obligatoria de los jurados es un ejercicio que involucraría a los mexicanos de un modo que, dado el caso, podría ayudarlos a madurar como ciudadanos y obligarlos a hacerse corresponsables de la autoridad del Estado que sostienen. Estos jurados se eligen al azar, las partes en controversia pueden objetarlos si hay conflictos de interés, se considera obligatorio aunque se pueden formular excusas.

En ese caso hipótetico de adoptar los jurados en la Reforma Judicial, mi opinión es que si instancias en las que por alguna razón se llegue a considerar que tratan asuntos (como derechos humanos, de control de constitucionalidad u otros) en los que no resulta viable que los ciudadanos tomen esos veredictos, esos cargos no deberían ser de elección popular.