Sheinbaum firma decreto para proteger a las mujeres
La Presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, firmó el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones en siete leyes secundarias
- La Presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, firmó el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones en siete leyes secundarias, con el objetivo de promover la igualdad sustantiva, la perspectiva de género, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y la erradicación de la brecha salarial por razones de género.
"Son cuatro ejes muy importantes de estas leyes secundarias que protegen y fortalecen a las niñas y a los niños y a las mujeres en nuestro país, fortalecen sus derechos. Hoy las mujeres en México tienen un marco jurídico que las respalda y ahora, nos toca que todo esto sea una realidad en México, y que en los estados se adhieran a estas grandes reformas de protección a las mujeres (...)". "En las leyes, hoy están protegidas las mujeres en México. Quizá somos uno de los países con mayor avance en la legislación de protección y derechos de las mujeres", puntualizó durante la conferencia matutina: "Las mañaneras del pueblo".
Reformaron
Al respecto, la secretaria de Mujeres, Citlalli Hernández Mora, explicó que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de siete leyes:
- * Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres: se modifican los artículos 5, 9, 17, 26, 33 y 34, para definir la brecha salarial como la diferencia de retribución salarial, por razones de género, en la realización de un trabajo de igual valor. Se establece que las políticas públicas del Estado mexicano deben encaminarse a garantizar la igualdad entre mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida cotidiana, y también se despliegan las políticas públicas para erradicar la brecha salarial en razón de género y se establece para ello, un Certificado de Igualdad de Género y no Discriminación.
- * Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: se modificaron los artículos 1, 2, 5, 25 Bis, 27, 28, 30, 34 Bis, 34 Ter, 44, 46, 46 Bis, 47, 48, 49 y 50 y se crea el Capítulo VII. Se considera a la ley como reglamentaria del artículo 4º, en materia de acceso de las mujeres, niñas y niños a una vida libre de violencias.
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