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EL SOL DEL SURESTE



03/04/202404:19 p.m.Autor: RedacciónFuente: El Sol del Sureste
Suspenden audiencia intermedia en caso de expresidente del TSJ
Debido a que no compareció la defensa particular del ex presidente del Tribunal Superior de Justicia, Jorge Javier "N"
  • Debido a que no compareció la defensa particular del ex presidente del Tribunal Superior de Justicia, Jorge Javier "N", fue diferida nuevamente la audiencia intermedia que debía celebrarse este miércoles en los juzgados de control de la región 9, para tramitar la causa penal 743/2023 en su contra por el delito de uso indebido de recursos públicos.
  • Con el apercibimiento del juez Adolfo Ramón Brown Ruiz de que en 24 horas los abogados del ex funcionario deben justificar su inasistencia y en caso de que no se presenten el próximo 9 de abril en punto de las 09:30 horas serán relevados por un defensor de oficio, el juzgador precisó que la audiencia no podía efectuarse en razón de que se vulnerarían derechos humanos del acusado a una defensa técnica y adecuada y debe haber igualdad para todas las partes en litigio.

Indicó que nadie esta exento de sufrir una cuestión de salud o un caso fortuito, por lo que se otorgaron 24 horas a la defensa para rendir un informe justificado, toda vez que la Constitución misma establece el derecho a la salud para todos los mexicanos.

Proceso

  • Brown Ruiz advirtió que en caso de que ninguno de los abogados de Jorge Javier "N" se presente en la próxima audiencia se considerará se trata de una práctica dilatoria del proceso legal y se declarará abandonada la defensa, por lo que solicitó vía oficio a la Coordinación de Defensores Públicos que designe a un defensor público, en previsión de que no asista alguno de los abogados del ex funcionario.

Asimismo, el juzgador requirió a los fiscales del Ministerio Público que llevan el caso que desde este momento corran traslado de toda la carpeta de investigación del juicio para que el defensor o defensora público que se vaya a hacer cargo tenga conocimiento del seguimiento del expediente.    

  • No obstante que se declarara abandonada toda la defensa jurídica del señalado, Ramón Adolfo Brown precisó que éste tiene el derecho constitucional --establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales-- de designar a un nuevo defensor particular, derecho que por ningún motivo se le puede vetar, pues de lo contrario se incurriría en una parcialidad, "y actuamos totalmente con imparcialidad aquí".
  • Explicó que la finalidad de la audiencia es depurar los hechos controvertidos en el expediente judicial, esto es, lo que está en litigio entre las partes. La Fiscalía General del Estado, con sus medios de prueba, que acusa al presunto responsable por hechos de posible carácter delictuoso por los cuales está vinculado a proceso, y la defensa que deberá responder a estos cuestionamientos y ofrecer sus pruebas para llevarlas a juicio oral.
  • En la audiencia de la etapa intermedia también deberá efectuarse la admisión o exclusión de las pruebas que ambas partes pretenden llevar a juicio oral. Ésta se compone de dos etapas, la escrita, en la que la Fiscalía formuló su acusación por escrito y la víctima, en este caso el Poder Judicial de Tabasco, por medio de su apoderado legal se constituyeron como acusadores coadyuvantes, mientras la defensa del acusado ofreció el escrito de contestación de acusación de la Fiscalía.

En esa etapa ambas partes agregaron sus pruebas, las cuales constan en el expediente administrativo que obra en el juzgado de control y terminará con la audiencia oral donde los hechos y pruebas que plasmaron por escrito acusadores y defensa se van a debatir en la audiencia ante el juzgador correspondiente que la desahogará.


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