27/01/202511:00 p.m.Autor: Agencias Fuente:
Agencias
Se fortalece marco legal para protección de la ciudadanía; Gobierno del Pueblo presenta iniciativas que castigan la colocación de mantas y "ponchallantas"
El consejero jurídico del Poder Ejecutivo estatal, Jesús Manuel Argáez de los Santos indicó que se contemplan reformas al Código Penal del Estado y a la Ley que Regula la Venta, Distribución y Consumo de Bebidas Alcohólicas y Ley de Hacienda
El Gobierno del Pueblo fortalece instrumentos jurídicos para lograr la paz y la seguridad en la entidad, al presentar dos iniciativas con proyecto de decreto, que reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal del Estado de Tabasco,
- con lo cual, delitos como colocar ponchallantas y mantas con amenazas, serán considerados delitos graves, además de la Ley que Regula la Venta, Distribución y Consumo de Bebidas Alcohólicas y la Ley de Hacienda.
- El consejero jurídico del Poder Ejecutivo estatal, Jesús Manuel Argáez de los Santos detalló que la iniciativa considera la adhesión de un nuevo artículo, el 160 BIS, al Código Penal para el Estado de Tabasco, en el que se impondrán de dos a seis años de prisión, y multas de 100 a 500 veces el valor de la UMA, para quienes realicen amenazas o cualquier manifestación pública que altere la paz y el orden a través de imágenes o escritos en mantas, cartulinas, lonas, cartón o cualquier medio físico.
Dicha disposición es aplicable para aquellos que participen en su elaboración, impresión, traslado, colocación o posesión, delitos que recalcó "se perseguirán de oficio, por lo que no se requiere denuncia".
Agregó que la reforma al artículo 161, considera prisión de 1 a 3 años y multas de 200 a 500 veces el valor de la UMA a quienes intimiden o causen daño a su persona o a un tercero con quien tenga vínculos afectivos de cualquier índole; en lo que respecta a la reforma al artículo 302, se propone prisión de uno a cinco años y multa de 100 a 500 veces el valor de la UMA, al que públicamente y sin derecho, use uniforme, insignia, distintivo o condecoraciones similares a las utilizadas por las instituciones de Seguridad Pública en el Estado o Municipio.
También se aplicará prisión de uno a cinco años y multas de 100 a 500 veces el valor de la UMA, a quien porte en lugares públicos o arroje en las vialidades objetos punzocortantes, entre ellos los comúnmente llamado "ponchallantas".
Se establecen nuevos horarios para venta de bebidas alcohólicas
- El servidor público dio a conocer las reformas y derogaciones a la Ley que regula la venta, distribución y consumo de bebidas alcohólicas, iniciativa enviada para su valoración al Poder Legislativo, en la que se establecen los horarios para hoteles, bares, discotecas, restaurantes, entre otros, y que en caso de aprobarse estarán vigentes a partir del 01 de marzo.
- La propuesta señala que los horarios aplicables todos los días para las discotecas serán de las 18:00 a las 02:00 horas del día siguiente; los bares y bar de presentación de espectáculos, de las 14:00 a las 02:00 horas; los restaurantes, restaurante bar, incluyendo los hoteles y moteles, así como los bares de estos, de las 09:00 a las 02:00 horas, que anteriormente funcionaban las 24 horas.
- Añadió que los hoteles y moteles en servicios de cuarto y servibar operarán todos los días de las 09:00 a las 02:00 horas; los Centros de Espectáculos y salones de baile, de las 09:00 a las 02:00 horas; los Casinos, Club Deportivos, desarrollo turístico y recreativo, de las 10:00 a las 02:00 horas del día siguiente.
Loading...
DEJA UN COMENTARIO