Decreto oficial; Transita Tabasco a semáforo amarillo
Se reencausa el plan para regresar a la nueva normalidad en la entidad
Los establecimientos comerciales y de servicios de Tabasco considerados esenciales operarán, a partir del lunes 24 de mayo, sin restricción alguna, siempre y cuando garanticen medidas de sana distancia y mantengan los protocolos de salud, en tanto que los de giros considerados no esenciales podrán abrir con aforos reducidos y con acciones de cuidado sanitario.
El acuerdo expedido este sábado por el Ejecutivo estatal, con el fin de reencauzar el plan de regreso a la nueva normalidad, establece que los giros esenciales para el abasto y suministro de alimentos y artículos de primera necesidad podrán operar en sus horarios habituales de apertura y cierre de actividades.
Esta disposición incluye a abarroteras, supermercados, tiendas de autoservicio, tiendas de conveniencia, central de abasto, mercados, tortillerías, panaderías, y venta de mayoreo de envases, empaques e insumos para el sector alimentario (servicio a domicilio) y demás de similar naturaleza.
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Por lo que toca a los establecimientos no esenciales, estos reabrirán sus puertas al público, pero con determinadas restricciones en horario y aforo, y siempre que acaten las medidas de sana distancia y de cuidado sanitario.
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Estos giros podrán operar al 70 por ciento de su capacidad de atención al público, de lunes a viernes en horarios habituales de apertura y cierre hasta las 8 de la noche; los sábados,
apertura habitual y operación hasta las 7 de la noche, y los domingos, también con el mismo horario de apertura, hasta las 2 de la tarde.
De manera específica, el Decreto determina que los museos y sitios turísticos podrán funcionar al 70 por ciento de su capacidad de atención al público; los cines y teatros, también al 70 por ciento, pero con funciones escalonadas, y los gimnasios, al 70, en espacio cerrado, y sin restricción en espacio abierto.
Los establecimientos que se desenvuelven en el área del deporte y la recreación, tendrán la oportunidad de ocupar el 70 por ciento en aforo cerrado, aunque sin restricción en aforo abierto.
Las nuevas medidas disponen que los estadios deportivos abrirán a un 30 por ciento de su capacidad, mientras que las albercas recreativas y demás de similar naturaleza deberán ceñirse al 70 por ciento.
Los giros de entretenimiento y casinos podrán operar al 50 por ciento por ciento de su capacidad, en tanto que la reapertura de salones y recintos para fiestas o eventos será un hecho a partir del inicio de la próxima semana, pero con un aforo del 30 por ciento y siempre que notifiquen a la Secretaría de Salud la actividad programada, con por lo menos tres días de anticipación.
Los lineamientos expedidos permiten además el funcionamiento de circos, sin restricción de horario y al 50 por ciento por ciento de su capacidad de atención al público.
El decreto también instruye a la Secretaría de Movilidad a delinear las medidas y acciones tendientes a regular la movilidad en la entidad.
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