Ajustan horarios para la venta, consumo y distribución de bebidas alcohólicas
Luego de que Tabasco transitó desde el lunes al semáforo epidemiológico verde ante la pandemia del COVID-19
La Secretaría de Finanzas publicó este martes en el Periódico Oficial del Estado el acuerdo con el que se ajustan horarios para la venta, consumo y distribución de bebidas alcohólicas, luego de que Tabasco transitó desde el lunes al semáforo epidemiológico verde ante la pandemia del COVID-19.
En el caso de centros comerciales, mini súper, supermercados y tiendas de conveniencia, el horario se amplía de lunes a domingo de 10:00 a 24:00 horas. Y en abarrotes, expendios y ultramarinos, cambia de lunes sábado, de 11:00 a 23:00 horas. Los establecimientos podrán operar al 75 por ciento de su capacidad y garantizando la sana distancia.
Además, señala que se autoriza la venta y consumo de bebidas alcohólicas en envase abierto a los establecimientos con licencia de funcionamiento de bar, bar con presentación de espectáculos, casino, club deportivo, centro de espectáculos, desarrollo turístico y recreativo, discoteca, hoteles, moteles, restaurante y restaurante bar.
Noticia Relacionada
El acuerdo firmado también por el secretario de Gobierno, Guillermo Arturo del Rivero León, subraya que el acuerdo entra en vigor a partir de este día y permanecerá vigente hasta que las autoridades sanitarias determinen la inexistencia de las circunstancias extraordinarias que motivaron su expedición.
Noticia Relacionada
En lo que toca a bares y bares con presentación de espectáculos pueden abrir de lunes a domingo, de 14:00 a 03:00 horas del día siguiente. Casinos, clubes deportivos y desarrollo turístico y recreativo, abrirán de lunes a domingo, de 10:00 a 03:00 horas del día siguiente. Y discotecas, lo harán de lunes a domingo, de 20:00 a 04:00 horas del día siguiente.
El documento signado por el secretario de Finanzas, Said Arminio Mena Oropeza, dice que hoteles y moteles abrirán de lunes a domingo, las 24 horas; y los restaurantes y restaurantes-bar, lo harán de lunes a domingo, de 09:00 a las 03:00 horas del día siguiente. También podrán operar al 75 por ciento de su capacidad y garantizando la sana distancia.
Indica que las distribuidoras de bebidas alcohólicas solo operarán en sus horarios de apertura hasta las 20:00 horas. Los centros de espectáculos y salones de bailes, operarán al 75 por ciento, en los días y horarios determinados por las autoridades estatales.
Asegura que los establecimientos que cuenten con licencia de funcionamiento para la venta y consumo de bebidas alcohólicas, deberán de observar e implementar las medidas de protección a la salud. Y las autoridades federales, estatales y municipales coadyuvarán con la Secretaría de Finanzas para la observancia de estas disposiciones establecidas.
Advierte que el incumplimiento del presente acuerdo se sancionará con multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, y suspensión preventiva de la actividad comercial de bebidas alcohólicas hasta por un plazo de 90 días y, en su caso, la revocación de la licencia de funcionamiento.
Te puede interesar: