La Carta Magna contempla una serie de sanciones para quienes no salieron a votar el 10 de abril
‘‘El artículo 35.I señala el derecho y el 36.III de la Constitución señala la obligación de votar. El 38.I, la sanción por no hacerlo.’'
¿PARTICIPASTE EN LA REVOCACIÓN DE MANDATO?
Gómez afirmó que el voto participativo en la revocación de mandato del domingo 10 de abril era obligatorio.
En su cuenta de Twitter, Gómez interpretó el artículo 36, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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Indicó que se establece la obligatoriedad de ir a votar en los procesos de revocación de mandato.
‘‘El artículo 35.I señala el derecho y el 36.III de la Constitución señala la obligación de votar. El 38.I, la sanción por no hacerlo.’', escribió en su red social.
En este contexto, la sanción por no participar en este instrumento democrático es, de acuerdo con la Constitución, la suspensión durante un año de los derechos ciudadanos tales como:
- Votar y ser votado.
- Tener libertad de asociación.
- Poder ser servidor público.
- Presentar iniciativas de ley.