¡Aprobado en el Congreso! Motos deberán cumplir con estas disposiciones
Las modificaciones se hicieron a la Ley de Hacienda, Ley General de Tránsito y Vialidad y al Código Fiscal, todas del Estado de Tabasco
Por unanimidad de votos, el Congreso del Estado aprobó modificaciones a diversas disposiciones de la Ley de Hacienda, de la Ley General de Tránsito y Vialidad, y del Código Fiscal, todas del Estado de Tabasco, con la finalidad de regular el uso de motocicletas, motocarros y motonetas.
Además la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana por medio de la Policía Estatal de Caminos, implementará acciones de verificación para que las unidades cuenten con el dispositivo electrónico que permita consultar de forma remota los datos en el Registro Público Vehicular (REPUVE).
Además...
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REGISTRO DESDE SU VENTA
Es necesario destacar que la reforma contempla que a través de la Secretaría de Finanzas, brinde accesos a sistemas informáticos a los negocios de motocicletas para iniciar la inscripción -desde la venta- al Registro Estatal de Vehículos, y en su caso cobrarán los derechos por registro, emisión de tarjeta de circulación, calcomanía y otorgamiento de juegos de placas.
También propone acciones de control y vigilancia con acciones de verificación a las motos, de que estén inscritos en el Registro Público de Vehículos (REPUVE), y cuenten con ese dispositivo electrónico para consulta de datos de forma remota.
Las reformas que están a punto de ser aprobadas por el Congreso del estado de Tabasco, con mayoría de Morena, partido al que pertenece el Ejecutivo local, establecen que las motocicletas, motocarros y motonetas deberán contar con inscripción obligatoria al Registro Público Vehicular (REPUVE).
Será la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) por medio de la Policía Estatal de Caminos (PEC), que implementará acciones de verificación para que las unidades cuenten con el dispositivo electrónico que permita consultar de forma remota los datos en el REPUVE.