El diseño en el ámbito municipal

El diseño debe considerar también, aquellas acciones contenidas en ambos instrumentos

El diseño de la política pública ambiental en el ámbito municipal es fundamental para dirigir el enfoque del desarrollo territorial, donde el marco para su elaboración, son las líneas generales planteadas desde la federación a través del Plan Nacional de Desarrollo, a las que habrá que sumar las delineadas en el Plan Estatal de Desarrollo; en ambos existen líneas que rebasan los periodos administrativos sexenales, pero que están vinculadas a programas internacionales en materia, los que en teoría, hay que atender y darles continuidad.

El diseño debe considerar también, aquellas acciones contenidas en ambos instrumentos, sobre todo aquellas, para las administraciones municipales de periodos intermedios. En Tabasco, se tiene la particularidad de que la gestión federal, estatal y municipal inician al mismo tiempo. Sin embargo, la Ley de Planeación del Estado señala en el artículo 25, que “Los presidentes Municipales que resulten electos en comicios intermedios elaborarán el Plan Municipal de Desarrollo y lo someterán a la aprobación de su respectivo cabildo en un plazo no mayor de cinco meses contados a partir de su toma de posesión. El Cabildo aprobará el PMD en un plazo no mayor a treinta días a partir de su presentación. (plazo que está por cumplirse y aún muchas administraciones municipales aún están por presentar el documento)

De esta forma las políticas públicas ambientales de sustentabilidad y cambio climático en Tabasco son legitimadas con la participación ciudadana, al efectuar el proceso de planeación participativa que integra especialistas, investigadores, organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos, durante foros temáticos regionales y municipales.

En forma especifica para atender la problemática ambiental del territorio municipal, se requiere seguir los lineamientos contenidos en los programas que, desde la federación, involucran con programas y proyectos a las entidades y municipios. De estos habrá que extraer aquellos cuya aplicación es necesaria en el territorio y para los cuales existen ventanas presupuestales para su ejercicio “Las políticas públicas deben estar alineadas a un eje, objetivo o estrategia del Plan Nacional de Desarrollo”.

El diseño de la política pública ambiental municipal sigue un esquema donde la participación social es fundamental.

La ley General de Planeación y la Ley de Planeación estatal promueven la consulta y participación ciudadana a través de Comités de Planeación.

Tal esquema ofrece un espacio oportuno para que el liderazgo natural y aquellos que han sido autoridad local aporten ideas en el diseño de las políticas públicas, donde las ambientales rebasan la administración municipal y cubren otros territorios. Los programas y proyectos ambientales requieren mayores tiempos que los administrativos y debe considerarse la participación de profesores investigadores, especialistas y activistas involucrados en el tema.

Es importante destacar que la vigencia del Plan Municipal de Desarrollo no excederá el periodo Constitucional que le corresponda; sin embargo, deberá contener consideraciones y proyecciones hasta 10 años para programas multianuales que requieran ese tiempo para su consolidación. Art. 25 Ley Planeación del Estado de Tabasco.