Belinda, Christian y la Ley Olimpia

En esa afirmación hecha al calor de la polémica hay varios problemas

Para saber cómo piensa alguien, basta con fijarse en lo que dice. A veces, hasta en los chismes se revelan ideas que pueden parecer una mera curiosidad, pero que en las que vale la pena profundizar.

A muchas personas les ha dado por comentar a propósito del chisme de Belinda y Christian Nodal, luego de que él publicó una supuesta conversación de Whatsapp con ella. Por ejemplo, la cuenta de twitter ‘Criminología Feminista’ señaló a Nodal como “presunto delincuente” por haber dado a conocer esa pantalla y pidió que se le castigue con la Ley Olimpia.

En esa afirmación hecha al calor de la polémica hay varios problemas. Las reformas que abarca la llamada Ley Olimpia,  que sanciona el ciberacoso así como las violaciones a la intimidad sexual, se ha considerado un logro para las mujeres en la medida que ellas son la mayoría de las víctimas; sin embargo, también protege a los hombres. Así pues, la Ley Olimpia es una reforma que abona a la justicia con perspectiva de género, pero no es “feminista” en el sentido de exclusiva para mujeres.

En la idea de castigar a Nodal con cárcel hay una concepción punitivista, por desgracia muy difundida, de que la única justicia posible es con cárcel y que aumentando los delitos o las penas van a dejar de ocurrir. La realidad es que el derecho penal no sirve para prevenir los delitos, como demuestra la alta incidencia.

Pedir que se sancione con cárcel la conducta de Nodal desvirtúa el sentido original de la Ley Olimpia, que creó el delito contra la intimidad sexual en el Código Penal y en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se precisó que violencia digital y mediática ocurre cuando por esos medios se viola la intimidad sexual, o se cometen actos que causan daños psicológicos, económicos o físicos. Estas normas no están para meter a la cárcel alguien solo porque compartió una imagen que no causa un daño como los mencionados. 

De acuerdo con el Módulo sobre Ciberacoso del INEGI, en 2019 en Tabasco la prevalencia del ciberacoso era del 22.1% y aumentó a 29.6% en 2020, según arrojó la encuesta. Con ello, la entidad se ubicó como el segundo lugar nacional con mayor prevalencia, solo después de Colima.

Quizá muchas de estas víctimas no denuncian ante las autoridades por temor o desconocimiento, mientras, quienes sí lo hacen pueden enfrentar dificultades para que sus casos avancen; peor todavía sería si además progresara esta distorsión de la Ley Olimpia, con miles de personas en proceso acusadas de compartir una pantalla de Whatsapp.

En vez de banalizar las penas con cárcel, valdría más la pena plantearse y exigir políticas de prevención de delitos para disminuirlos al evitar que ocurran en vez de solo reaccionar a ellos para castigarlos. También parece necesaria una jornada de difusión de las implicaciones reales de la Ley Olimpia, para que los hombres que sean víctimas de violencia digital y violaciones a su intimidad sexual sepan que también a ellos los protege, así como permitir a las mujeres que son la mayor parte de las víctimas saber cómo documentarlo y denunciarlo. Ojalá este tipo de temas tan importantes estuvieran tan difundidos como los chismes de Nodal y Beli.