Publican la Ley Federal de Revocación de Mandato en el DOF
El artículo 7 de la Ley indica que el inicio del proceso de revocación de mandato solamente procederá a petición de ciudadanos
Después de su aprobación por ambas cámaras del Congreso de la Unión (Diputados y Senadores) y la Secretaría de Gobernación (Segob) se publicó la Ley Federal de Revocación de Mandato.
El artículo 7 del decreto indica que el inicio del proceso de revocación de mandato solamente procederá a petición de ciudadanos.
Para validar la procedencia del ejercicio se deberá reunir al menos, al tres por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores, siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos diecisiete entidades federativas y que representen, como mínimo, el tres por ciento de la lista nominal de electores de cada una de ellas.
La Ley Federal de Revocación de Mandato no contempla la pregunta a la que deberán responder los participantes.
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Al aprobar los lineamientos del proceso el Instituto Nacional Electoral (INE) destacó que está programado para realizarse el domingo 27 de marzo de 2022, con un costo aproximado de 3 mil 800 millones de pesos.
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