Hombre obtiene amparo para poder casarse con dos mujeres
El primer caso de una persona poliamorosa emprende un proceso judicial para poder formar una "familia plural"
Un hombre que busca casarse con dos mujeres obtuvo un amparo por parte de un juez con sede en San Andrés Cholula, Puebla.
Este sería el primer caso de una persona poliamorosa que emprende un proceso judicial para poder formar una "familia plural".
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Cabe destacar que las relaciones poliamorosas no están reconocidas de manera legal en el país, a pesar de que la comunidad LGBTTTQIA+ busca que esta práctica sea despenalizada.
Amparo contra "normas estigmatizadoras"
El amparo otorgado por el Juez Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa, y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado Otorgado, responde a una promoción legal presentada por el denunciante de manera electrónica el 22 de diciembre de 2020. La demanda fue admitida a trámite el día 23 del mismo mes.
El hombre que presentó la queja impugna los artículos 294 y 297 del Código Civil del Estado de Puebla que establecen las definiciones legales del matrimonio y concubinato, su finalidad y objetivos.
Por su parte, el juez determinó que no pueden aplicarse normas estigmatizadoras porque proyectan un mensaje discriminatorio contra ciertos sujetos.
Es por ello que reconoce el interés legítimo del quejoso para impugnar la ley, al vulnerar los derechos fundamentales de igualdad y no discriminación.
De esta forma establece que el matrimonio y concubinato solo pueden celebrarse entre dos personas, excluyendo a las demás preferencias sexuales, como es el caso de las relaciones compuestas por más de dos personas de forma simultánea.
Señalando entonces que todas las autoridades tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
"Normativamente, existe un tipo de discriminación indirecta, la cual ocurre cuando las normas y prácticas son aparentemente neutras, pero el resultado de su contenido o aplicación se traduce en un trato desproporcionado en personas o grupos en una situación diferente, dada su orientación sexual, conocida como poliamorosa, sin que exista justificación objetiva y razonable", señala.
En conclusión indica que no existe razón de índole constitucional para no reconocer el matrimonio o el concubinato entre más de dos personas, así como tampoco existe ninguna justificación objetiva para no reconocer los derechos fundamentales que les corresponden como individuos.
El amparo está fechado como 21 de mayo de 2021, en San Andrés Cholula, Puebla.
Otro caso de poliamor en Durango
El año pasado se dio a conocer un caso, en el estado de Durango, donde un matrimonio de mujeres buscaba "agregar" a su relación a la expareja de una de ellas, también padre de sus hijos.
Se dio inicio a un amparo ante la negativa del Congreso local de que el hombre se incorporara a la unión.
Mencionan que con ello, podrían garantizar un mejor futuro, en el ámbito legal, para sus hijos, además del beneficio de una relación poliamorosa entre los tres involucrados.
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