CNDH emite recomendación a Guardia Nacional por muerte de menor embarazada en Jalisco
La recomendación fue dirigida a la titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC)
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 70VG/2022 a elementos de la Guardia Nacional (GN), quienes provocaron la muerte de una menor de edad embarazada de dos meses tras una persecución y balacera en una carretera del estado de Jalisco.
La recomendación fue dirigida a la titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Rosa Icela Rodríguez Velázquez, por violaciones graves a los derechos humanos de tres agentes de la Guardia Nacional, quienes persiguieron y atacaron a balazos a una pareja en la carretera libre Zapotlanejo-Guadalajara.
La pareja circulaba por la carretera a bordo de un vehículo y, al rebasar una unidad móvil de la GN con tres tripulantes, estos se percataron de que la camioneta circulaba sin placas y, presuntamente, a exceso de velocidad, por lo que les marcaron el alto con comandos luminosos.
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Se inició una persecución que concluyó cuando los elementos de la GN accionaron sus armas de fuego y, una vez realizada la detención, se percataron de que una de las personas -mujer menor de edad y embarazada- había perdido la vida a causa de los disparos.
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NO SE AJUSTARON A LAS LEYES
La CNDH apuntó que los agentes "no se ajustaron a lo establecido en la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, el Manual del Uso de la Fuerza, de aplicación común a las tres Fuerzas Armadas, ni tampoco a lo establecido en los estándares internacionales, como son los Principios Básicos de la ONU sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley".
En consecuencia, su actuación derivó en un uso ilegal y excesivo de la fuerza letal, que vulneró el derecho humano a la vida, a la integridad, a la seguridad personal y legalidad, de las dos víctimas de la agresión", se lee en el documento.
- Se pidió a la titular de la SSPC que tramite de inmediato la inscripción de las víctimas directas, y de aquellas personas que resultan ser víctimas indirectas, en el Registro Nacional de Víctimas, conforme al procedimiento legal establecido, para que se proceda a la inmediata reparación del daño ocasionado, que deberá incluir una compensación justa, tomando en cuenta la gravedad de los hechos, y por el daño ocasionado al proyecto de vida de las víctimas.
Asimismo, se pidió que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se otorguen medidas de rehabilitación a través de atención tanatológica y psicológica, por parte de personal especializado y de forma continua, atendiendo a su edad y necesidades específicas, así como proveerles los medicamentos y materiales gratuitos convenientes a sus padecimientos.