Las reformas a la Guardia Nacional ya son completamente oficiales, por lo que ahora estará sujeta a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
Ya que la noche del viernes, el ejecutivo federal publicó la serie de reformas hechas a la dependencia de seguridad en el Diario Federal de la Federación (DOF) después de haber sido discutidas y aprobadas en las dos cámaras legislativas.
Dichas reformas fueron aplicadas a diferentes artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de la Guardia Nacional; la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
Destacando los artículos 29 fracciones IV y XVI; 30 Bis, fracciones I, párrafo primero, II y III, y se adicionan al artículo 30 Bis, fracción I, el párrafo segundo, y las fracciones XXV y XXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública.
Nuevos lineamientos
Quedando establecido que la Sedena tendrá el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional, conforme a la Estrategia Nacional de Seguridad Pública que defina la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSyPC).
- A su vez tendrá que formular la Estrategia Nacional de Seguridad Pública y la propuesta de Programa Nacional de Seguridad Pública, y ejecutar, en el marco de sus atribuciones, las políticas, programas y acciones, así como el programa sectorial correspondiente, con el fin de coadyuvar a la prevención del delito, lo que pone a las fuerzas armadas a cargo de la seguridad pública.
Mientras que la Guardia Nacional, tras ser reformado el primer párrafo del artículo 7 de la Ley de la Guardia Nacional, estipula que deberá auxiliar a la Fuerza Armada permanente en el ejercicio de sus misiones, cuando así lo disponga la persona titular del Poder Ejecutivo Federal.
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