Prevalece discriminación en la comunidad LGBTI+

La exclusión de las personas de la comunidad LGBTI+ en México es una realidad que involucra tanto a particulares como a instituciones federales

Prevalece discriminación en la comunidad LGBTI+

La colorida conmemoración en México del Día Internacional del Orgullo LGBTI+ cada 28 de junio, tiene como antesala semanas de actividades que buscan evaluar la situación de dicha comunidad en materia de acceso a sus derechos humanos y respeto a su persona, tradición que revela un panorama teñido de grises. 

Los resultados de la Encuesta Nacional sobre Discriminación (ENADIS) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) señalan que, en 2022, el 37.3 por ciento de las personas de la diversidad sexual y de género declaró haber vivido alguna experiencia de discriminación.

Por grupo de edad, la población de 18 a 29 años fue la que mayor porcentaje de casos discriminatorios registró con un 48.8 por ciento; en las personas de 30 a 59 años fue del 28.5 por ciento y en las de 60 años y más del 22.7 por ciento.

  • Las más afectadas fueron las mujeres con un 44.6 por ciento, en comparación con el 30.2 por ciento de los hombres víctimas de discriminación.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) define la discriminación como un fenómeno social que vulnera la dignidad, los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas.

  • “Discriminar significa seleccionar excluyendo; esto es, dar un trato de inferioridad a personas o a grupos a causa de su origen étnico o nacional, religión, edad, género, opiniones, preferencias políticas o sexuales, condiciones de salud, discapacidades, estado civil u otra causa”, explica el organismo en el texto “La discriminación y el derecho a la no discriminación”.

Los efectos de la marginaciónEl 21 de septiembre de 2022, la CNDH emitió la recomendación 170/2022 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por negar el acceso a una pensión por viudez por la orientación sexual de la víctima.

En el documento dirigido al director del Instituto, Zoé Robledo Aburto, la Comisión acusa al menos a tres personas servidoras públicas por violaciones a la seguridad social, a la seguridad jurídica, al principio de legalidad y por discriminación relacionada con la orientación sexual.

  • “Al negar el acceso a la pensión por viudez a una persona que acreditó su concubinato con otra persona derechohabiente fallecida, por tratarse de una pareja del mismo sexo”, acusa el ente.

Aunque el organismo puso especial atención en comunicar mediáticamente que, a partir de esa decisión y de que se giraron los oficios respectivos, todos los concubinatos de parejas del mismo sexo, que sean derechohabientes, tendrían acceso a los servicios de salud y a los beneficios de la seguridad social, la orden formal llegó meses después.




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