De esta forma podrían obtener México los bienes del Chapo Guzmán

Arturo Piñero, investigador del IMCO, reconoce que es necesaria una fuerte coordinación de las autoridades mexicanas para lograrlo

La aprobación de la Ley de Extinción de Dominio, que permite incautar los bienes que pudieran ser producto de actividades ilícitas, según los considere la autoridad, le abren la puerta a México para obtener la posible fortuna de Joaquín Guzmán tras su sentencia en Estados Unidos.

De esta forma podrían obtener México los bienes del Chapo Guzmán

En entrevista para este medio, explicó que, si con la situación actual de algunas dependencias y sus pocos resultados la ley no llegara a ser una opción, México también puede tomar su relación binacional con Estados Unidos y pedirle parte lo que ellos lleguen a tener registrado como fortuna del sinaloense. 

Coordinación nacional

El experto en función ministerial por el Instituto Nacional de Ciencias Penales y maestro en derecho penal con énfasis en juicios orales por la Universidad Latina explicó a EL DEBATE que la Ley de Extinción de Dominio es el paso natural, pero primero se deben encontrar los bienes: «Para que esto pueda funcionar es que todas estas autoridades en coordinación puedan detectar todos estos bienes para que el Ministerio Público pueda hacer esa demanda; de lo contrario, sinceramente, será muy complicado hacerlo», afirmó.

Al reafirmar la complicación de la detección de red de bienes de Joaquín Guzmán, hizo hincapié en que la PGR únicamente ha descrito un inmueble, tres relojes y una pistola como bienes incautados al Chapo, «entonces ese es el resultado, después de más de dos décadas, en donde se tienen sospechas de que esta persona adquirió millares y millares de dólares y de pesos y de bienes inmuebles con ese resultado, yo no veo, digamos, algo que en un futuro sí me pueda dar la certeza de que pueda cambiar», aseveró. 

En la relación binacional con Estados Unidos, el especialista indicó que a México le convendría pedir parte de las ganancias que ya el país vecino ha señalado como una posibilidad de que existan, como los 12 mil millones de dólares detectados: «Si lo vemos fríamente, los que se están esforzando son los norteamericanos en hacer ese tipo de investigación, entonces lo más seguro es que ellos digan, “bueno, te voy dar una parte, pero no todo”», explicó. 

Vacíos y modificaciones

En el panorama general, Arturo Piñero, también miembro de la Academia Penal del Colegio Mexicano de Abogados Posgraduados AC, explicó que la ley plantea vender los bienes con antelación de aquellos que el Ministerio Público crea que son producto de un delito, y detalló que atentan contra el artículo 14 y 23 constitucional: «Es decir, los derechos que tú tienes sobre la propiedad y que un juez te lo quite justificadamente y motivadamente, es decir, que tú tengas la opción de defenderte también y que el juez al final diga “tú no me acreditaste, te quito el bien”, o “tú, ministerio público, no acreditaste, te quito el bien”. Aquí el problema es que lo están haciendo como el sistema penal, como una pena anticipada, primero vendo y luego averiguo. Está fuera de foco».

Esto también afecta a arrendadores, pues explicó que, en caso de que ofrezcan sus inmuebles a personas que después la autoridad señale como delincuentes, ahí el arrendatario también deberá defenderse y demostrar que no se tienen relación alguna mediante un juicio de amparo, pero lamentó que no todos los ciudadanos tengan acceso. «Posiblemente la gente que no tenga los recursos pueda salir perjudicada», afirmó. 

Sin embargo, Arturo Piñero también destacó que Ley de Extinción de Dominio es más vanguardista puesto que homologa en toda la república los criterios que van a tener que aplicar todos los tribunales, todas las fiscalías, para efecto de poder solicitar la extensión de dominio.

En la nueva ley se separa la investigación de materia penal que realiza el ministerio público y la extensión de dominio, porque en la extinción de dominio el ministerio público pasa a ser un actor o el demandante: «Se le llama en la propia Constitución como de naturaleza civil, no es penal», aclaró.

Aprobación en la Cámara 

Con 420 votos a favor, 10 en contra y nueve abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó en lo general la minuta del Senado de la República que expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio, reglamentaria del artículo 22 constitucional, y aplicará en los delitos de corrupción, secuestro, delincuencia organizada, secuestro, huachicol, trata de personas, encubrimiento, robo de vehículos, extorsión, recursos de procedencia ilícita y aquellos vinculados con servidores públicos.



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