¿Aún no te pagan el aguinaldo? Aquí te decimos qué hacer

1 de cada 3 empleados mexicanos que deberían recibir aguinaldo, no percibirán este pago obligatorio, esto debido a que los patrones no los tienen clasificados formalmente

De acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), 1 de cada 3 empleados mexicanos que deberían recibir aguinaldo, no percibirán este pago obligatorio, esto debido a que los patrones no los tienen clasificados formalmente como “trabajador” a pesar de que cumplen con las características que marca la Ley Federal del Trabajo.

¿Aún no te pagan el aguinaldo? Aquí te decimos qué hacer

Rodríguez aseguró que algunos empleadores burlan la ley y evitan pagar aguinaldo dándoles a sus empleados un tratamiento de trabajadores independientes o por honorarios, a pesar de que en realidad califican como trabajadores formales.

Una persona que cumple con un horario de trabajo, que tiene un salario -un pago periódico y constante-, que recibe órdenes de un patrón y que depende económicamente de su empleo, es considerada un trabajador.

En su artículo 87, la LFT establece que todo trabajador tiene derecho a un aguinaldo anual. El monto mínimo son 15 días de salario, que tendrán que ser pagados en su totalidad como máximo el 20 de diciembre de cada año.

Si no se recibió el aguinaldo o está incompleto, Rodríguez comenta que existen tres instancias para reclamarlo.

La primera, es acudir a la Procuraduría Federal del Trabajo (Profedet), que tiene la posibilidad de enviar al empleador una cita conciliatoria en la que se buscará resolver la controversia de forma expedita y evitar un juicio.

La segunda opción es acudir a algún Centro Federal de Conciliación y Registro, una instancia independiente y que fue creado recientemente con la reforma de 2019 para buscar resolver los conflictos laborales mediante la conciliación antes de acudir al juicio en tribunales.

Si no es posible resolver la controversia en esta instancia, el Centro entrega un certificado al trabajador en el que se acredita que no fue posible la conciliación y entonces se procede a la tercera instancia: presentar una demanda ante tribunales laborales.

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