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EL SOL DEL SURESTE



12/05/202209:00 p.m.Autor: RedacciónFuente: Agencias
Colombia despenaliza el suicidio asistido
Colombia se suma a Suiza, Países Bajos, Luxemburgo, Canadá, Australia, España, Alemania y a algunos estados de Estados Unidos donde el SMA es legal

La Corte Constitucional de Colombia ha despenalizado el suicidio médicamente asistido (SMA) como uno de los procedimientos para acceder a la muerte digna en Colombia, en este procedimiento, a diferencia de la eutanasia, el paciente es quien ejecuta la acción de acabar con su vida. 

La decisión avala el SMA para los mismos requisitos en los que hoy es permitida una eutanasia: cuando el paciente esté diagnosticado con una lesión corporal o una enfermedad grave e incurable, cuando padezca de intensos dolores físicos o psíquicos por cuenta de ello que sean incompatibles con su idea de vida digna, cuando manifieste expresamente su intención y la asistencia la preste un médico. 

La decisión se tomó con ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, con votación 6-3. A Lizarazo lo acompañaron Alejandro Linares, Gloria Ortiz, Diana Fajardo, José Fernando Reyes y Natalia Ángel Cabo. En contra, votaron Cristina Pardo, Paola Meneses y Jorge Enrique Ibáñez. 

La determinación se produjo al estudiar una demanda presentada por Lucas Correa Montoya y Camila Jaramillo Salazar, del Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB), en contra del inciso segundo del artículo 107 del Código Penal que penaliza la inducción el suicidio, dando entre 16 y 36 meses de cárcel a quien induzca o apoye a una persona a suicidarse con la intención de poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal grave o incurable. 

El alto tribunal condicionó ese artículo para dejar en claro que no es delito y que, al contrario, el SMA es un procedimiento constitucionalmente protegido, bajo el argumento de la protección al derecho a la vida digna y a la autonomía de la persona que busca poner fin a su propia vida. 

La demanda aseguraba que penalizar el SMA vulneró el derecho a morir dignamente, a la vida digna, al libre desarrollo de la personalidad al impedir el acceso a una ayuda médica para que las personas que así lo deseen, pueden poner fin a su vida de una manera acompañada y protegida. 

Algunas personas pueden preferir la eutanasia, unas veces porque no pueden causar su propia muerte y otras veces porque no quieren. En otros casos, las personas prefieren poner ellas mismas fin a sus vidas (suicidio médicamente asistido) y al hacerlo buscan tener la ayuda necesaria para lograrlo de forma segura, acompañada y protegida”, decía la demanda que señala que legalizar el procedimiento, se logra que este sea “transparente, acompañado, protegido y seguro”. 

Con esta decisión, Colombia se suma a Suiza, Países Bajos, Luxemburgo, Canadá, Australia, España, Alemania y a algunos estados de Estados Unidos donde el SMA es legal. El año pasado, cuando se presentó la demanda, DescLAB tenía documentados 125 procesos investigativos entre 2010 y el primero de agosto de 2021 por el delito de inducción y/o ayuda al suicidio. 

De esos casos, el 29 por ciento está activo (37 casos) y el restante 71 por ciento está inactivo (88 casos). Y solo uno tuvo captura y condena, mientras que hay tres más en imputación de cargos y uno en acusación. 

Tras conocerse la decisión, el abogado Lucas Correa señaló que la misma “es un paso decisivo para que nuestro país se consolide como uno de los más avanzados del mundo cuando hablamos del derecho a morir dignamente”. 

“Con esta decisión de la Corte, las personas en Colombia podrán acceder a una muerte libre, segura y acompañada. El reto será crear una regulación que elimine las barreras de acceso para este nuevo mecanismo y que quien lo decida así pueda ejercer su derecho a una muerte médicamente asistida, ya sea a través de la eutanasia o el suicidio médicamente asistido”, agregó Jaramillo Salazar. 


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