En consideración a la importancia de hacer conciencia de la interdependencia entre ambiente y sociedad bajo una perspectiva de sostenibilidad en el contexto municipal, el Gobierno de Centro, mediante la Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable (DPADS), emitió una convocatoria dirigida a personas físicas o jurídico colectivas interesadas en hacerse acreedoras al distintivo Orgullo Verde, en su modalidad "Buenas Prácticas Socioambientales".
Este galardón, es un reconocimiento honorífico diseñado para destacar a todas aquellas personas u organismos cuya labor favorezca el desarrollo sustentable y el cuidado del ambiente, y que por sus acciones, inspiren y motiven a la sociedad en su conjunto.
- De acuerdo a esta convocatoria, los interesados deberán ser residentes del municipio de Centro y tener la capacidad legal para asumir compromisos y obligaciones que deriven de su participación.
Asimismo, demostrar documentalmente su compromiso con el ambiente y la sustentabilidad en Centro, conforme a las bases y lineamientos establecidos que están disponibles en el portal www.villahermosa.gob.mx y deberán ser evaluados positivamente por el Comité Técnico del Distintivo Orgullo Verde, conformado por instancias académicas, gubernamentales y representantes de la sociedad civil.
Conforme a lo establecido, el otorgamiento del Distintivo en su modalidad Buenas Prácticas Socioambientales, está abierto a tres categorías posibles de postulación: empresas, personas físicas e instancias educativas u organizaciones de la sociedad civil.
En el documento se precisa que la presentación de postulaciones se podrá realizar a partir de la publicación de este documento y estará abierta de forma permanente.
De manera general, cada candidatura constará de un formato de postulación, una exposición de motivos, así como la presentación de documentos probatorios; posteriormente se hará la evaluación por el Comité.
Reconocimiento público honoríficoLa convocatoria expone que el Distintivo Orgullo Verde es un reconocimiento público honorífico, sin características de certificación; en consecuencia, su otorgamiento faculta a los acreedores al Distintivo a:
- Exhibir en sus espacios públicos la reproducción del Distintivo, conforme a las indicaciones de uso de imagen que les proporcione la DPADS; incluir en su papelería oficial el imagotipo y hacer mención a su condición de ser acreedor al Distintivo.
Por otra parte, el otorgamiento del Distintivo no autoriza a modificarlo, obtener lucro por su uso, cederlo o autorizar a terceros su uso, ni, por supuesto, dar uso al Distintivo una vez concluida su vigencia, a menos que se otorgue la renovación respectiva.