Hasta 868 mil 800 pesos podrían alcanzar las sanciones para aquellos establecimientos que violen la Ley Antichatarra aprobada por el Congreso del Estado y esto también podría ser efectivo para esas personas que vendan los productos a los niños, niñas y adolescentes.
El asesor de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Remedio Cerino López, comentó que con la nueva normativa se sanciona de manera severa a quienes adquieran estos productos.
“Derivado de las reformas a la Ley de Salud del estado de Tabasco y a lo que establece el artículo 418 del mismo ordenamiento, que alude a las sanciones que se van a aplicar a quienes violen las nuevas prohibiciones, dentro de las sanciones que se pueden aplicar están multas de 4 mil hasta 10 mil UMA (Unidad de medida y actualización), el cual actualmente es de 86.88 pesos, por lo que la mínima sería de de $347 mil 520 pesos y la máxima de $868 mil 800 pesos”, sentenció.
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En la Ley Antichatarra se busca que a los menores de edad no se permitirá que se les suministren ese tipo de productos, a menos que quienes lo hagan sean sus padres, madres o tutores legales; también se prohíbe la instalación de máquinas expendedoras en los centros educativos de nivel básico, así como en los hospitales públicos y privados, clínicas y centros de salud.
Por ello, se prevé una estrategia para limitar la publicidad que incide en los gustos y decisiones de compra, por lo que los anuncios, carteles o cualquier tipo de publicidad referente a los productos mencionados, se ubicarán fuera de un radio de 300 metros de los centros educativos de educación básica y centros médicos de atención hospitalaria y ambulatoria, y se incrementará en un 25 por ciento más, la tarifa de pago de derechos para la colocación de dicha publicidad en los lugares autorizados.