Entran en vigor incentivos en el pago de agua y predial en Centro

El Programa de Incentivos Fiscales para el pago del impuesto predial entraron en vigor para este año

  • El Programa de Incentivos Fiscales para el pago del impuesto predial, los derechos por consumo de agua, el pago en parcialidades de adeudos de impuesto predial de años anteriores y de los derechos por consumo de agua de bimestres anteriores, entraron en vigor para los meses de octubre, noviembre y diciembre de este año, una vez aprobados por el Cabildo de Centro.


En el pago de predial para contribuyentes cumplidos se aplicará un 50 por ciento a adultos mayores y personas con discapacidad, con un máximo de dos cuentas prediales, acreditando la propiedad y pagando la totalidad del ejercicio fiscal.

Para contribuyentes con rezagos, personas físicas un incentivo del 50 por ciento y personas morales y/o jurídicas colectivas, 40 por ciento; en ambos casos aplica en recargos, gastos de ejecución y multas, en todas sus cuentas prediales y pagando la totalidad del adeudo.

En tanto, los adultos mayores y personas con discapacidad con rezago, el 50 por ciento de incentivo en rezago; y 65 por ciento a quienes tienen recargos, gastos de ejecución y multas, aplicando a dos cuentas prediales, acreditando la propiedad y pagando la totalidad del adeudo.


En agua potable para los contribuyentes cumplidos, a las personas físicas con tipo de consumo doméstico, el 20 por ciento; las personas morales y/o jurídico colectivas con consumo comercial e industrial, el 10 por ciento; en ambos conceptos deben estar al corriente en su pago del último bimestre facturado y aplica a todos sus contratos.

Para los adultos mayores y personas con discapacidad cumplidos, reciben el 50 por ciento en uso doméstico y deben estar al corriente en el pago del último bimestre facturado, lo cual aplica a un máximo de dos contratos.


  • A los contribuyentes con rezagos: personas físicas con consumo doméstico, les otorgan el 20 por ciento en consumo de agua; a las personas morales y/o jurídico colectivas con consumo de uso comercial, industrial y público, el 10 por ciento. En ambos casos por consumo de bimestres anteriores y aplica a todos sus contratos, pagando la totalidad del adeudo.
  • En cuanto a recargos y actualizaciones para las personas físicas, morales, y/o jurídico colectivas con consumo doméstico, comercial, industrial y público, aplica el 50 por ciento en todos sus contratos, pagando la totalidad del adeudo; en tanto los adultos mayores y personas con discapacidad con consumo tipo doméstico, el 50 por ciento en consumo de agua y bimestres anteriores, al igual que en recargos y actualizaciones, aplicando solo a dos contratos.
Pagos en parcialidades

En predial el pago en parcialidades de adeudos de años anteriores será por ejercicio fiscal para las personas físicas, morales, y/o jurídico colectivas en rezagos, actualización, recargos, gastos de ejecución y multas, en todas sus cuentas prediales y pagando la totalidad del ejercicio fiscal.

  • En los derechos por consumo de agua potable, las personas físicas, morales, y/o jurídico colectivas, con consumo doméstico, comercial e industrial, el incentivo es pago por 6 bimestres por consumo de agua de bimestres anteriores, así como en recargos, actualizaciones y otros cargos, lo cual aplica en todos sus contratos, pagando la totalidad de los 6 bimestres.