Los establecimientos comerciales y de servicios de Tabasco considerados esenciales operarán, a partir del lunes 24 de mayo, sin restricción alguna, siempre y cuando garanticen medidas de sana distancia y mantengan los protocolos de salud, en tanto que los de giros considerados no esenciales podrán abrir con aforos reducidos y con acciones de cuidado sanitario.
El Decreto, con el que Tabasco transita a semáforo amarillo y se distienden algunas medidas y acciones extraordinarias de inmediata ejecución para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, advierte que quienes contravengan las nuevas disposiciones serán sancionados conforme lo estable la Ley de Salud del Estado.
El acuerdo expedido este sábado por el Ejecutivo estatal, con el fin de reencauzar el plan de regreso a la nueva normalidad, establece que los giros esenciales para el abasto y suministro de alimentos y artículos de primera necesidad podrán operar en sus horarios habituales de apertura y cierre de actividades.
Esta disposición incluye a abarroteras, supermercados, tiendas de autoservicio, tiendas de conveniencia, central de abasto, mercados, tortillerías, panaderías, y venta de mayoreo de envases, empaques e insumos para el sector alimentario (servicio a domicilio) y demás de similar naturaleza.
Por lo que toca a los establecimientos no esenciales, estos reabrirán sus puertas al público, pero con determinadas restricciones en horario y aforo, y siempre que acaten las medidas de sana distancia y de cuidado sanitario.
Estos giros podrán operar al 70 por ciento de su capacidad de atención al público, de lunes a viernes en horarios habituales de apertura y cierre hasta las 8 de la noche; los sábados,
apertura habitual y operación hasta las 7 de la noche, y los domingos, también con el mismo horario de apertura, hasta las 2 de la tarde.
De manera específica, el Decreto determina que los museos y sitios turísticos podrán funcionar al 70 por ciento de su capacidad de atención al público; los cines y teatros, también al 70 por ciento, pero con funciones escalonadas, y los gimnasios, al 70, en espacio cerrado, y sin restricción en espacio abierto.
Los establecimientos que se desenvuelven en el área del deporte y la recreación, tendrán la oportunidad de ocupar el 70 por ciento en aforo cerrado, aunque sin restricción en aforo abierto.
Las nuevas medidas disponen que los estadios deportivos abrirán a un 30 por ciento de su capacidad, mientras que las albercas recreativas y demás de similar naturaleza deberán ceñirse al 70 por ciento.
Los giros de entretenimiento y casinos podrán operar al 50 por ciento por ciento de su capacidad, en tanto que la reapertura de salones y recintos para fiestas o eventos será un hecho a partir del inicio de la próxima semana, pero con un aforo del 30 por ciento y siempre que notifiquen a la Secretaría de Salud la actividad programada, con por lo menos tres días de anticipación.
Los lineamientos expedidos permiten además el funcionamiento de circos, sin restricción de horario y al 50 por ciento por ciento de su capacidad de atención al público.
El decreto también instruye a la Secretaría de Movilidad a delinear las medidas y acciones tendientes a regular la movilidad en la entidad.
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