La tarifa general del transporte público mixto de vehículos integrados tipo motocarros (Pochimóviles) registrará un ajuste de 50 centavos, por lo que a partir del sábado 13 de julio quedará establecida en 9.00 pesos, en lugar de los 8.50 pesos que actualmente está cobrando, informó la Secretaría de Movilidad.
Dio a conocer que en el caso de la tarifa preferente, establecida para estudiantes y adultos mayores, quedará sin modificación alguna, esto es, en 4.50 pesos.
De acuerdo con las tarifas autorizadas para las diversas modalidades del servicio público de transporte, la institución reportó que el transporte colectivo suburbano y foráneo convencional de Tabasco también registrará un ajuste de un peso, aunque el costo de este pasaje variará de acuerdo con el factor establecido por kilómetro adicional.
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De ese modo, estas rutas pasarán de 8.50 pesos a 9.50 centavos, en lo referente al servicio sin aire acondicionado, y de 9.00 a 10.00 pesos en el caso de las unidades con aire acondicionado, detalló.
La dependencia confirmó que la tarifa será efectiva en trayectos que vayan de uno hasta seis kilómetros, y dijo que a partir de esta última distancia, se aplicará un factor por cada kilómetro adicional de 0.5099 centavos en las unidades que no cuenten con aire acondicionado, y de 0.5524 centavos en las que sí lo ofrezcan a sus pasajeros.
Notificó que de conformidad con la Ley de Transporte para el Estado de Tabasco, los concesionarios y permisionarios de esta modalidad deberán considerar una tarifa preferencial para menores de edad, adultos mayores, personas con discapacidad y estudiantes hasta el nivel licenciatura, con un mínimo de descuento de 25 por ciento sobre la tarifa general.
Nuevas tarifas para grúas públicas
Señaló que en acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado, con fecha 09 de julio, se establecen además nuevas tarifas para el transporte público de grúas y remolques, así como tarifas máximas para el servicio de arrastre en vehículos en carreteras de jurisdicción estatal, y el salvamento de automóviles accidentados en vías estatales.
La Secretaría de Movilidad señaló que en el caso de las grúas, clasificadas en tipo ‘A’, con capacidad de 3.5 toneladas; ‘B’, con capacidad de seis toneladas; ‘C’, con capacidad de 12 toneladas, y ‘D’, con capacidad de 25 toneladas, las cuotas se integrarán por unidad de servicio o “banderazo” y un factor de cobro por vehículo-kilómetro.
Dijo que en las carreteras o tramos que no estén pavimentados se aplicará un recargo del 25 por ciento sobre las cuotas correspondientes al arrastre y clarificó que cuando el tramo incluya parte pavimentada y no pavimentada, la cuota base deberá calcularse sobre la distancia total y sólo la parte correspondiente a tramos no pavimentados tendrá el recargo referido.
La Secretaría de Movilidad, agregó que el servicio de arrastre de vehículos en la zona urbana alcanzará un costo equivalente al doble de lo que hoy se cobra, misma situación para el salvamento de vehículos accidentados en carreteras de jurisdicción estatal, aunque en este segmento las cuotas se cobran por hora de servicio, apuntó.
Abundó que para los equipos de salvamento de vehículos fuera del camino, a las cuotas por maniobras se le agregará un 50 por ciento más sobre la tarifa base, pero tomando en cuenta el tipo de grúa, las condiciones del rescate y las del vehículo accidentado.
Puntualizó que en lo referente a las tarifas por día o fracción para el servicio de depósito de vehículos retenidos, accidentados o descompuestos en las vías públicas de jurisdicción estatal, presentarán una modificación de casi el doble a la actual.