Abuelitos tabasqueños son despojados de sus bienes de parte de sus propios familiares

En los Tribunales Colegiados de Tabasco, son comunes los juicios de hijos y familiares contra personas de más de 65 años a quienes les disputan propiedades

En Tabasco es común que adultos mayores sean despojados de sus propiedades y recursos económicos, ya que los tribunales colegiados han registrado que este tipo de juicios son los más frecuentes en materia civil.

Entre los incidentes que se han presentado en la región, hombres y mujeres con más de 65 años de edad han abandonado sus hogares por acciones legales promovidas por sus hijos y familiares, lo cual genera que algunos permanezcan en las calles o asilos.

Al respecto, el magistrado presidente del Tribunal Colegiado del Décimo Circuito del Estado, Jorge Arturo Porras Gutiérrez, explicó que en México ya no se cuenta con la cultura del respeto a los padres y abuelos, por lo cual la disputa por inmuebles y el abandono se han convertido en problemas comunes.


Por ello destacó que las autoridades del estado deben sensibilizarse y aprender sobre los derechos de los adultos mayores, a fin de garantizar que accedan a sus derechos y vivan una vida digna.

Indicó que en el Tribunal Colegiado en materia civil, los casos de despojos a personas mayores, son los más recurrentes y terminan en juicios.

“Desafortunadamente ya no tenemos esa cultura de respetar a los adultos mayores, sí, lo hemos visto en los juicios cómo esta esa situación de despojo, como este ejemplo que usted me comentaba para con los adultos, vamos a tratar de también explicar cómo se ven lo de los alimentos de un adulto mayor, que se les pide a sus hijos, cuáles son las reglas para que este adulto mayor tenga derecho a que sus hijos les den alimentos”, manifestó.

El magistrado presidente del Tribunal Colegiado en Materia Civil, lamentó que uno de los principales problemas que han enfrentado, es que no siempre se pueden llevar los juicios con celeridad, lo que hace más dramática la situación para las personas de edad avanzada. 

“En cuanto a la administración de justicia, desafortunadamente nos enfrentamos con el problema, de que no siempre podemos llevar los juicios con una celeridad que nos marca la ley y pues en el caso de los adultos mayores se hace esto más dramático, porque si ellos, con los que debemos tener más cuidado en que la impartición de la justicia se cumpla dentro de los plazos legales, precisamente por la etapa en la que se puede ser tan delicada, que es urgente, apremiante, el resolver las controversias en respuesta absoluta, -¿En Tabasco cómo estamos?- No, tengo poco tiempo aquí, llegué en enero y lo que he visto es una impresión excelente del estado, en cuanto a la impartición de justicia, veo una preocupación de las autoridades judiciales del estado por cuidar a los grupos vulnerables”, precisó. 

AMPARADOS POR LA LEY

La Ley para la Protección de las Personas Adultas Mayores señala en el artículo 6, que es obligación de las Instituciones Públicas locales, de la comunidad, de la familia y la sociedad, garantizarles el acceso a los programas que tengan por objeto posibilitar el ejercicio de este derecho.

También especifica que los ciudadanos en general están comprometidos a comunicar a las autoridades, cualquier caso de maltrato, lesiones, abuso físico o psíquico, sexual, abandono, descuido o negligencia, explotación, y en general cualquier acto que perjudique a las personas adultas mayores.


El artículo 38 especifica que “la citada Procuraduría, a petición de parte o de oficio, conocerá de los casos de abandono, desamparo, marginación, abuso, explotación o maltrato de las personas adultas mayores. A partir del conocimiento o de la detección, la Procuraduría dispondrá de un plazo no mayor de cinco días para realizar las investigaciones pertinentes”.