Cifras del INEGI a nivel nacional indican que el 67.5% de las madres solteras no reciben una pensión alimenticia, 3 de cada 4 hijos de padres separados no reciben pensión alimenticia, en el 91% de los casos los acreedores son los hijos, en 8.1% son la esposa y los hijos y 0.9% son los hijos y el esposo.
Sobre este tema, la jueza del juzgado quinto familiar del Centro, María Isabel Solís García, indicó que el cumplimiento de estas demandas se basa en hacer valer la ley y no si el hombre puede o no mantener a sus hijos solos, por lo que exhortó a las madres de familia acudir a interponer sus denuncias, ya que de lo contrario no podría trabajar en ello.
Y es que mencionó que muchas veces, las madres de familia no acuden por miedo o por creer que ‘pueden mantener solas a sus hijos’, sin embargo, este es un pensamiento erróneo, dado que es un derecho que debe de hacerse cumplir, no importando las circunstancias, ya que es una obligación compartida.
Asimismo, de acuerdo con Solís García, el monto destinado como pensión alimenticia dependerá de las necesidades del demandante y de la cantidad de hijos beneficiados de dicha pensión, no puede recibir los mismo una madre que exigen pensión alimenticia de un hijo que aquella que pide de seis hijos.