Mediante la Sentencia C-233, por la Corte Constitucional el 23 de julio de este año, se amplío el derecho fundamental a morir dignamente. El fallo cobija a aquellos pacientes que padezcan una enfermedad que les provoque intenso sufrimiento por lesión corporal o enfermedad grave incurable.
La Corte modificó el artículo 106 del código penal ante la decisión tomada, en el cual se hablaba de homicidio por piedad o eutanasia como un delito. Una pena que cambia, solo sí, el procedimiento es hecho por un médico, además de hacerse bajo el consentimiento libre e informado del paciente, quien debe sufrir de un padecimiento físico o psíquico a causa de alguna condición.
Doña Martha Sepulveda con un diagnostico no terminal será la primer mujer que accederá a la aplicación de la eutanasia en Colombia, el próximo domingo 10 de octubre. Lo que ella padece es de esclerosis lateral amiotrófica desde hace tres años, apenas puede caminar debido a los dolores en sus piernas los cuales se han intensificado a tal punto que debe apoyarse en alguien más para desplazarse, pues sus piernas no responden debido al intenso dolor.
Ella tiene un panorama claro de la vida que le queda, no escatima en comer lo que se le antoja o en tomarse algunas cervezas de vez en cuando para amenizar las calurosas tardes, relata.
En una entrevista, Martha expresó con firmeza su deseo de acceder al procedimiento que terminará con su vida en los próximos seis días.
“Estoy más tranquila desde que me autorizaron el procedimiento, me río más y duermo más tranquila”, dijo al medio citado.
Si bien Martha es católica, está tranquila por haber tomado su decisión dado que no tiene reproches. Ella no ve como un pecado haber optado por acceder a este procedimiento clínico.
Te puede interesar: Entrenador de beisbol es detenido por abuso y pornografía infantil