Por unanimidad de votos la Minuta con Proyecto de Decreto enviada por el Congreso de la Unión, mediante la cual se reforman los artículos 108 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Fuero Presidencial.
Durante la sesión ordinaria realizada la noche de este viernes, se aprobó la reforma al artículo 108 para establecer que “Durante el tiempo de su encargo, el Presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana”.
En tanto, la reforma al artículo 111 destaca que para proceder penalmente contra el titular del Poder Ejecutivo Federal sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110; y en este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable.
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Tras la aprobación de la Minuta con Proyecto de Decreto, el presidente de la Cámara de Diputados, Jesús De La Cruz Ovando, informó que se enviará al Honorable Congreso de la Unión una copia autorizada del Decreto respectivo para que sea considerado el voto aprobatorio del Congreso del Estado de Tabasco para los fines correspondientes.
En asuntos generales participaron los legisladores Exequias Braulio Escalante Castillo y Ena Margarita Bolio Ibarra; finalmente, se clausuraron los trabajos legislativos de este viernes, y se convocó para las 11 horas del lunes 30 de noviembre, para la Sesión con Carácter de Solemne relativa al mensaje y posicionamientos del Segundo Informe de Gobierno del titular del Poder Ejecutivo del Estado.