El pleno del Tribunal Electoral de Tabasco (TET) acordó desechar una impugnación contra la licencia indefinida otorgada por el Congreso de Tabasco, para que Adán Augusto López Hernández se separara del cargo de gobernador, y pudiera desempeñarse como secretario de Gobernación.
Los actores que impugnaron, controvirtieron los Decretos 302, por el que se otorgó licencia temporal indefinida al ciudadano Adán Augusto López Hernández, para separase del cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tabasco, a partir del 26 de agosto de 2021 y se designó al Gobernador provisional, y el 303, mediante el cual se reformó en su integridad, el artículo 49 de la Constitución Política del Estado libre y Soberano de Tabasco.
En primer término, se actualizó la causal prevista en el artículo 10, párrafo 1, inciso a), que establece que los medios de impugnación previstos en ella serán improcedentes cuando se pretenda impugnar la no conformidad de la Constitución de leyes federales o locales.
Por ello, por unanimidad, los magistrados avalaron el proyecto de resolución elaborado por el Juez Instructor Armando Xavier Maldonado Acosta, que también contempló desechar el juicio ciudadano promovido contra la reforma del Artículo 49 de la Constitución local, respecto a la licencia para gobernador.
El proyecto indicó que la impugnación no cumplía con los requisitos previamente establecidos en la Ley Electoral del Estado, además de que tampoco se advierte una violación al derecho de votar y ser votado, dado que es facultad del Poder Legislativo otorgar licencias al gobernador en turno y designar en su caso, un mandatario interino.
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