Cuando el Gobierno Federal anunció el 15 de diciembre de 2009 la iniciativa de Reforma Política destacó la reinserción de las candidaturas independientes, para que devolvió a la sociedad civil una legítima prerrogativa precursora de aspirar a competir por sí mismo y no obligarle a afiliarse en la pugna por ser postulado en algún partido, en quienes se depositó el monopolio de la competencia por la gobernabilidad política. El propósito porque hubiese calidad en la democracia inmediatamente se asfixió al tomarle por asalto ex militantes desertores y/o expulsados con recorrido.
El evidente repudió del colectivo social hacia quienes se asumen como políticos (sic) profesionales demandaba el retorno a un derecho primigenio, el ciudadano de votar y también a ser votado; reconociéndose desde la investidura del jefe de Estado Mexicano que habría que “ensanchar las vías para que la participación activa de los ciudadanos en la definición de los asuntos públicos sea una realidad.
“Al tiempo que se amplían los mecanismos para hacer efectiva la garantía constitucional de todos los ciudadanos a ser votados”.
Una figura jurídica el prerrogativa de una dicotomía ciudadana de votar y a participar como candidato a los cargos de gobierno que ya era parte del los ejercicio electorales en el estado de Yucatán; mientras que en Tabasco hubo que discurrir exactos 60 años desde aquel aquella reforma política local de 1953 cuando se extinguió hasta que se anexó en la reforma de 2013.
La premisa de origen en los argumentos expuestos por el entonces presidente fue clara, aunque en el Decreto Constitucional, publicado por el Diario Oficial el 12 de agosto de 2012, ya no se plasmó su esencial compromiso presidencial de la República, que en el punto sexto de ese decálogo incluyó los por qué de su iniciativa presentada ante legisladores federales, que dejaron a merced de desertores y/o expulsados del sistema de partido para hallar la ruta de los independientes y prostituirle.
“Debemos reconocer la insatisfacción, que existen para muchos ciudadanos los mecanismos de inclusión y representación puestos en práctica por los partidos políticos”,
Sin embargo, en la narrativa jurídica constitucional del artículo 35 para que ciudadanos tuvieran la oportunidad exclusiva de participar por la vía independiente en la competencia por la renovación periódica, a la que mandata el artículo 41 en los cargos ejecutivos y legislativos, dados por la voluntad del voto popular.
En el arreglo político de dejar al albedrío esta prerrogativa se omitió establecer que para aspirar a ser votados sólo aquellos que no tuvieran antecedente de militancia ni de activismo como actor público; principalmente de quienes hubieran algún cargo directivo, haber realizado trabajo de cuadro, hasta ocupar un cargo en la administración pública y/o de elección popular.
Si en el constitucional se tienen previsto los considerandos en comento, para el registro de candidatos postilados de partidos y en la designación de consejeros de los organismos electorales, por qué razón no debió acompañarse a la legislación, sólo que en la pertinencia de tomar en cuenta sus particularidades… ¿?
Realizar una revisión analítica de los registros de candidaturas independientes en los procesos subsecuentes tendrá por saldo que la generalidad son nombres de personalidades con trayectoria en partidos y gobierno, que avasallaron y le prostituyeron la clase política descreditados ante la sociedad, a aquellos que les tiene por un fraude cuando que en vez de representarle en sus interés condensado en el bien común prefirieron el suyo y el de su facción, cuando fueron afines a una membrecía ideológica que les marginó.
“La necesidad de un régimen de partidos fuertes” a la incorporación de una coexistencia con los candidatos ciudadanos como opción de alternancia en la puja por los cargos públicos se quedó en el camino, una burla la criminalización de una letra hoy extinta de la iniciativa presidencial que explícitamente en el decálogo buscó elevar el nivel en el anhelo lastimoso en la recóndita lejanía de la calidad de la democracia.
Ausente, la calidad de la democracia, en renovación de gobiernos ejecutivos y legislativos, en el que esta velada usurpación enmascarada logra en 2015 su primer banderín en quien aún gobierna Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón; saltando para la presidencial de 2018 con un respaldo cuestionado otorgado el registro como independiente, sólo que dado por la autoridad jurisdiccional contraviniendo a la administrativa.
Aún más penoso resulta que Felipe Calderón Hinojosa, quien entre 20006 y 2012 portó la banda presidencial de gobernanza mexicana, e impulsó el retorno de las candidaturas independientes con el carácter ciudadano, en la coyuntura contrapuesta a su iniciativa de reforma política impulsó igual para la elección de 2018 a su esposa Margarita Zavala, precedida por desencuentros al interior en el partido del cual militaron y además lo dirigió como cabeza del Comité Ejecutivo Nacional.
En los mismos términos tomaron por asalto como candidatos independientes otros ex militantes de partido, aunque sin éxitos en el anhelo por hacerse de la gubernatura de su estado: A saber; José Luis “Chacho” Barraza por Chihuahua, Hilario Ramírez Villanueva “Layín”, por Nayarit, Juan Bueno Torio en Veracruz, hasta Jesús Alí en Tabasco.
Bitácora
Las 32 elecciones locales además de las federales del seis de junio enfrentan un gran desafío, el voto exige al ciudadano información y reflexionar.
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