¿Por qué la obsesión de la Poderes de la Unión, Ejecutivo y Legislativo, por extinguir al Instituto Nacional Electoral, el árbitro en la organización de las Jornadas Cívicas de 2018 y 2021 en los que por voluntad popular el régimen actual triunfó? Un retroceso, la pretensión por desaparecer al que en el entramado del cogobierno representa el principal de los contrapesos democráticos, al Cuarto Poder del encuadre de lo público.
Sin filias ni fobias, en el análisis no se comprende ni se comparte que a quienes desde la oposición contribuyeron a que se erigiera en 1990 del Instituto Federal Electoral, aún con el Secretario de Gobernación en la Presidencia, hasta que en 1996 adquirió la autonomía y para la Reforma Política del 10 de febrero de 2014 hubo la transformación al Instituto Nacional Electoral asumiendo la rectoría del Sistema Nacional de Elecciones que reglamenta a los 32 organismos públicos locales.
Esta reciente reforma política en Materia Electoral, Constitucional y a la Ley, tuvo como propósito otorgar al INE la atribución de designar mediante convocatoria pública a las y los Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales, una integración de naturaleza técnica, que antes era un reducto de cuotas y cuates que tuvieron a su merced los gobiernos y luego los diputados, para poner políticamente a quienes obedeciera a sus intereses, con sus honrosas excepciones.
Un ejemplo de estas prácticas en la repartición de cuotas se dio inmediatamente de haber emitido el Decreto de Reforma Política local a la Constitución y a Ley Electoral, que data del 26 de noviembre de 2008.
El Congreso Local de Tabasco, en el que reside la representación popular, definió a quienes asumieron las cuatro vacantes de Consejerías Electorales. Sin embargo, luego de meses con fuertes confrontaciones, los coordinadores del PRI y del PRD se repartieron entre ellos las posiciones, dejando afuera a Acción Nacional.
Rosendo Gómez Piedra, un personaje ligado a la ideología de izquierda , fue una de las designaciones impuestas del PRD como Consejero Electoral cuando conforme a la Ley Electoral de ese 2008 en su artículo 131, fracción X, no debió serlo por incumplir los cuatro años previos de no haber integrado a una instancia de gobierno; fungió como “Subprocurador de Procesos de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal”, entre 2000 y 2006, así lo consigna su hoja de ejercicio público. Inadmisible el interés de los legisladores del régimen de la cuarta transformación en el Congreso de la Unión, Senadores y Diputados, por socavar la democratización del país que tiene su punto de inflexión en la Reforma Política de diciembre de 1977, que Jesús Reyes Heroles aun como Secretario de Gobernación concretó en el propósito por pluralizar el sistema de partido, para incorporar a otros actores ideológicos hasta entonces marginados a la clandestinidad, reprimidos hasta la saciedad.
Los partidos políticos tampoco no se mandan solos, así como deben ser organismos de interés público, cerrando el paso al corporativismo y a la injerencia de ministros de culto religiosos. Aún más, igual de trascendente es que el Órgano Técnico de Fiscalización del INE tiene acceso a las operaciones financieras en el ámbito federal y local, sin las limitaciones de los candados de secrecía bancaría, fiduciaria y fiscal.
Con la atribución de fiscalizar absolutamente todo con la colaboración de la Secretaría de Hacienda, en particular de la Unidad de Inteligencia Financiera, se consignó mediante un muestreo que Félix Salgado Macedonio y Raúl Morón, ambos candidatos respectivamente a la gubernatura de Guerrero y Michoacán, quienes no presentaron por ley reporte alguno de sus informes financieros de precampañas. Y no fueron los únicos sino a 46 registros de candidaturas canceladas entre todos los partidos.
Una mezquindad, extinguir al INE y al Sistema Nacional de Elecciones integrado por los Órganos Públicos Locales, nada más porque defiende su carácter autónomo como organizador de los procesos mediante los que se renuevan autoridades de gobierno, Ejecutivas y Legislativas. Nada más no se comprende.
El genuino Cuarto Poder Público Autónomo cumple con su rol de observar que los Procesos Electorales cumplan con apego a los Principios Constitucionales de Certeza, Legalidad, Imparcialidad, Independencia, Objetividad y Máxima Publicidad. A ellos se ciñe el Sistema Nacional de Elecciones, en defensa del principal contrapesos democráticos.
No tiene sustento alguno el argumento superficial de lo caro que representa a los mexicanos las Elecciones, cuando en el fondo de la forma ninguno de los jugadores en la puja por hacerse de los cargos de gobernabilidad admiten las multifactorial complejidad deriva de la desconfianza y recurrentes actos fraudulentos cuando el PRI gobernó durante 71 años, hegemónico, hasta que en 1989 en Baja California Sur ganó sin objeción alguna Acción Nacional.
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