El Sistema Electoral Mexicano en su proceso perfectible como Árbitro posee sólidas raíces sobre el andamiaje constitucional, desde su primer punto de inflexión con la Reforma de 1977 que abrió la competencia de acceso al poder de sólo 4 partidos políticos al universal ingreso de otros jugadores, incluso a los afines a ideales comunistas; en 1990 emergió un Instituto Federal Electoral con autonomía desde 1996 y transitó al Instituto Nacional Electoral en 2014, atribuido además a reglamentar los Organismos Públicos Locales que dejaron de ser un botín de gobiernos y congresos en la imposición de consejerías a modo.
Sin filias ni fobias, nadie puede objetar que en los tiempos y circunstancias transversales a los recientes 47 años con reformas puntuales se configuró un Estado de Derecho que bajo el paraguas de los Principios Democráticos les obliga a ser observados por el Árbitro y los jugadores, partidos políticos y candidaturas, entendido que ninguno de estos se manda solos con el acicate de ser sancionados.
No ha sido aterciopelado en lo absoluto conciliar el que se erigiera una institucionalización exprofeso con la función pública autónoma con el sustento constitucional de organizar las elecciones para elegir en voluntad popular a las Autoridades de Gobierno, Ejecutivas y Legislativas, mediante el ejercicio de un voto libre, universal y secreto, que además debería ser informado y reflexionado entre las ofertas de compromisos propia de cada opción.
Quienes se asumen como liderazgos políticos de todas las expresiones ideológicas en el devenir del tiempo todas han tenido que ver en la evolución que entre las situaciones álgidas fueron determinante la crisis de un 1988 cuando el gobierno vía la Comisión Federal Electoral colapsó, habida cuenta la dualidad de ser juez y parte con evidente injerencia para inclinar los dados e imponer a su candidato, negado a ceder el poder a alguien que no fuera de sus afinidades.
Qué decir de la gravosa polarización de 2006 al señalarse a la gobernanza del país con la suspicacia de haber incidido en el Árbitro Electoral, y el resultado de un empate técnico con la pírrica diferencia de 0.04 por ciento entre el candidato del oficialismo y el opositor, quien demandó una apertura total de los paquetes y recuento de votos no previsto entre los considerandos de entonces.
Si el Instituto Federal Electoral hubiera cedido al recuento la consecuencia habría sido la anulación de la elección de la Presidencia de la República por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; en los mismos términos de la sentencia del 29 de diciembre de 2000 al revocar los comicios de la gubernatura en Tabasco, porque el organismo local permitió a solicitud del partido político oficialista de abrir todos los paquetes.
La Reforma de 2007 trajo consigo que constitucional y legalmente incorporar el recuento de votos incluso si en la sesión permanente de cómputo de resultados hay paquetes con la diferencia +/- 1 por ciento entre la candidatura favorecida y el segundo lugar. En el escenario de un resultado final tiene que mediar un oficio de solicitud de parte previo al inicio del acto. Por lo contrario, no procede.
Comprometida en el «Pacto por México» que en diciembre de 2012 firmaron el gobierno entrante y la oposición, se gestó una reforma político electoral de gran calado concretada con su promulgación el 10 de febrero de 2014; la cual creó el Instituto Nacional Electoral con la atribución exclusiva entre otras de integrar mediante convocatoria las consejerías electorales locales en paridad de género, además de reglamentarle; fiscalizar los gastos de precampañas y campañas, federales y locales, administrar los tiempos oficiales en radio y televisión, organizar los debates entre candidaturas presidenciales; sin olvidar las elecciones consecutivas directas en congresistas y alcaldías.
La autoridad del Árbitro Electoral incluye también la facultad de asunción en la organización directa de las votaciones locales cuando no hay condiciones en la observancia de los principios democráticos, como aconteció en 2016 en Colima, aunque por mandato del Tribunal Electoral Federal; remoción de consejerías electorales; hasta la cancelación de candidaturas, como las 43 que hubo de 2021, entre las que sobresalieron las de gubernatura en Guerrero, a Félix Salgado Macedonio, y en Michoacán, a Rubén Morón. Hay que sumar la ampliación del Servicio Profesional Electoral Nacional a los organismos públicos locales, que son el andamiaje como lo ha dicho Jorge Montaño Ventura, consejero del INE.
La concurrencia de elecciones federales y locales este 2 de junio están en el filo de ser anuladas si se acreditan financiamiento gubernamental en cualquiera de los tres niveles del oficialismo o bien ilícitos. El Tribunal Electoral tendrá que resolver ante una eventual impugnación en ese sentido. No es deseable, pero jugar con fuego está a la vista. Tabasco y Colima ya experimentaron la vergüenza.
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