Todo parece indicar que la reciente decisión de la SCJN de invalidar la segunda parte del Plan B de la reforma electoral propuesta por el Ejecutivo Nacional, devuelve a las mujeres mexicanas algunos derechos político electorales que parecían anularse en la segunda parte del Plan B y que ya reclamaban feministas cuando se aprobó la primera parte.
Entre otras, las feministas reclamaban que las reformas del Plan B pretendían disminuir el porcentaje de mujeres con posibilidad de postularse en los bloques de candidaturas de alta competitividad, pasando de 50 a 25 por ciento.
La senadora del Movimiento Ciudadano, Patricia Mercado Castro, sostenía que la iniciativa del Presidente "quitaría dientes" a las autoridades electorales en la aplicación de las reglas de paridad en dirigencias partidistas, candidaturas e integración de congresos y gobiernos locales. Los representantes de Morena negaban que esto pudiera suceder; son derechos adquiridos, argumentaron.
La iniciativa presidencial que en su totalidad acaba de ser desechada por decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el pasado 22 de junio, restringía la facultad de sanción del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre conductas cuya facultad corresponde a "otras autoridades", destaca en nota informativa reciente la agencia de información feminista Cimacnoticias.
Es cierto que la reforma electoral morenista tenía virtudes para acotar el arbitrario proceder de los consejeros y los representantes partidistas, pero...La (SCJN) al invalidar todo el Plan B, dejó vigente los derechos políticos de la paridad de género, pero también la "Ley de 3" que se espera entre en vigencia en los próximos procesos electorales, lo que significa que todo hombre o mujer, que pretenda competir u ocupar un puesto público deberá probar que no tiene en contra una sentencia definitiva por: violencia sexual, violencia en razón de género (género, política psicológica o física entre otras) o ser deudora alimentaria morosa.
El argumento de la Corte para desechar las reformas contenidas tanto en la primera parte del Plan B, como en la segunda fue que tanto la Cámara de Diputados como la de Senadores anteriormente discutieron y eliminaron indebidamente, esos artículos y otros del proyecto cuyo texto había sido aprobado por ambas cámaras previamente, se escribe en Cimacnoticias .
La SCJN sostuvo que una de las reglas constitucionales específicas del procedimiento legislativo prohíbe a ambas Cámaras alterar en modo alguno los artículos o disposiciones de los proyectos de ley o decreto que ya hubieran sido aprobados previamente por ambas instancias.
Ahora esperemos que tanto se hará cumplir la ley en las próximas elecciones, en lo que es refiere a la paridad y la "Ley Tres de Tres". Ojalá que la fuerza que están demostrando las mujeres se haga valer, que se terminen los casos en que esposos postulan a sus mujeres para un cargo público para luego montarse en ellos. Las llamadas "Juanitas".
Y cuántos deudores de pensiones alimentarias, golpeadores y hasta feminicidas se atreverán a competir por un cargo público. ¿A cuántos se les aplicará la ley y detendrán sus ambiciones? Es tiempo de cambiar a fondo.