Los procesos electorales federal y local (Tabasco) comienzan la primera semana de septiembre y octubre respectivamente, del año previo a la elección, de conformidad con la normatividad electoral vigente, aunque como es sabido, existe en tránsito y discusión una reforma electoral que propone, entre otras cosas, cambio de fecha para la tercera semana de noviembre, que, en caso de prosperar, impactaría las legislaciones locales electorales y movería la fecha de inicio de los procesos electorales en las entidades federativas.
El proceso electoral federal en que se elige al titular del Poder Ejecutivo, a diferencia del local que tiene tres etapas cuando se elige gobernador, comprende cuatro: la preparación de la elección, la jornada electoral, los resultados y declaraciones de validez de las elecciones y el dictamen y declaración de validez de la elección y de presidente electo.
Me referiré a la primera de ellas, no sin antes mencionar que previo a esta, los partidos políticos tienen el imperativo de determinar cuando menos 30 días antes del inicio del proceso electoral, el método de selección de sus candidaturas, lo que deberán informar al Consejo General del INE a más tardar 72 horas después.
En esta línea, es de señalar, que las precampañas cuando se elige al titular del Poder Ejecutivo Federal y a los integrantes de las Cámaras de senadores y diputados, comienzan la tercera semana de noviembre del año anterior al de la elección y si nada más se elige a los de la Cámara de diputados, inician la primera semana de enero del año en que se lleva a cabo la elección, con una duración de hasta 90 y 60 días, respectivamente.
Las precandidaturas internas de los partidos y las candidaturas independientes tienen prohibido realizar proselitismo o difundir propaganda por cualquier medio, antes del inicio de las precampañas, como también contratar propaganda antes o durante la misma en radio y televisión, rebasar el tope de gasto de campaña y no presentar el informe de ingreso y egresos; so pena de ser acreedor quien infrinja esta disposición, de la negativa del registro si no estuviese hecha o de la cancelación de la misma, en caso de estar registrada, incluso de la candidatura.
El registro de la plataforma electoral por parte de los partidos políticos y de las candidaturas independientes, durante los primeros 15 días del año de la elección, es condición indispensable para matricular sus candidaturas, que cuando se elige presidente de la República, y se renuevan en su totalidad las Cámaras de senadores y diputados es del 15 al 22 de febrero del año de la elección y cuando únicamente se eligen diputados, del 22 al 29 de marzo de ese mismo año.
La preparación de la elección comprende 9 meses y cubre la mayor parte del tiempo del proceso electoral federal, como también de los locales, y durante éste, además de los actos ya referidos y de varios más que aquí no se mencionan porque rebasarían el espacio de la columna, es de significar el sorteo en diciembre del año anterior a la elección, del mes calendario que junto al que sigue en el orden, son la base para la insaculación de las y los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores con corte al 15 de diciembre de ese año, susceptibles de formar parte de las mesas directivas de casilla, que a más tardar deben estar integradas el 8 de abril del año de la elección, ante las cuales los partidos políticos y candidaturas independientes, tienen derecho a nombrar dos representantes propietarios y un suplente, así como también un representante general por cada 10 casillas urbanas y 5 rurales.
Todos los eventos o acciones del proceso electoral están concatenados; de tal manera que, por ejemplo, sin mesas directivas de casilla no podría haber elección, pero tampoco sin boletas, las cuales deben estar en poder de las juntas distritales 15 días antes de la elección y en manos de los presidentes de las mesas directivas de casilla, dentro de los 5 días previos a la jornada electoral.
Estos son algunos hitos del proceso electoral federal, que en lo general se repiten en los procesos electorales locales, con la salvedad de las fechas que en ciertos casos son diferentes y por supuesto en atribuciones.