El desencuentro, progresivamente más agudo, entre el Poder Ejecutivo y el Judicial en México tiene consecuencias que la ciudadanía siente todos los días. Las actitudes tomadas por ambas partes poco abonan a una relación que debe encaminarse a combatir la impunidad, procurar e impartir justicia. Esa compleja relación acumula un incidente que sirve para revelar el fondo del asunto: la carta que el Gabinete de Seguridad envió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para pedirle que no elimine la prisión preventiva oficiosa.
Resulta vergonzoso que el Ejecutivo sostenga que eliminar la prisión preventiva oficiosa supone una amenaza para la seguridad nacional. En principio, hay implícita una falacia al afirmar que al eliminar la prisión preventiva oficiosa automáticamente saldrían libres 68 mil personas, a quienes se señala su presunta responsabilidad en los delitos previstos en el Artículo 19 de la Constitución federal. Y es que la oficiosa no es el único tipo de prisión preventiva, existe también la justificada.
La postura del Ejecutivo podría implicar un reconocimiento de que las autoridades de las fiscalías del país carecen de la capacidad para justificar la prisión preventiva en cada uno de esos 68 mil casos. Si el trabajo estuviera bien hecho, habría con seguridad en todos los casos elementos suficientes para justificar que se queden en prisión preventiva los ciudadanos acusados de violencia sexual contra niños o adolescentes, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo acasa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción (enriquecimiento ilícito, ejercicio abusivo de funciones), robo a transporte de carga, delitos en materia de hidrocarburos, desaparición forzada de personas, delitos cometidos con armas y explosivos, delitos de armas y otros considerados graves contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.
La SCJN debe resolver porque hay al menos dos sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) contra el Estado Mexicano por faltas al principio de presunción de inocencia y los derechos humanos que garantiza la Convención Americana o Pacto de San José. Sentencias que señalan que figuras de nuestro derecho penal como la prisión preventiva y el arraigo son contrarias a la citada convención.
Hay que recordar que la CIDH no resuelve sobre el vacío sino sobre hechos concretos. En el caso de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz, pasaron 17 años en prisión sin recibir sentencia. En el caso de Gerardo Tzompaxtle Tecpile, Gustavo Robles López y Jorge Marcial, fueron mantenidos bajo arraigo más de tres meses, presos mientras se desahogaba contra ellos un proceso por presunta delincuencia organizada en la modalidad de terrorismo, cargos de los que dos años y medio después fueron absueltos.
A partir de que casos como éstos, la CIDH ha estudiado la prisión preventiva oficiosa y el arraigo mexicanos, y llegado a la conclusión de que son contrarios a la Convención Americana de Derechos Humanos porque violan diversos derechos humanos, como los de libertad personal y presunción de inocencia, puesto que implican someter a prisión a ciudadanos de manera arbitraria. Arbitrria en la medida en que no se justifica con base en las circunstancias de cada caso.
Contrario a lo que quisieran hacer parecer, la CIDH no es un agente extraño, enemigo de la soberanía nacional. La Convención Americana de Derechos Humanos es uno de los tratados internacionales de los que habla la Constitución federal en su artículo primero. Las resoluciones de la CIDH son obligatorias para México porque nuestro Estado se sometió voluntariamente a esa jurisdicción e hizo de la Convención Americana de Derechos Humanos parte integral del orden jurídico vigente.
Mientras la controversia entre el poder Ejecutivo y Judicial en nuestro país acumula un episodio más, prevalece el desafío de fortalecer a las fiscalías, defensorías públicas, comisiones de víctimas y autoridades judiciales. Los recursos con los que cuentan son cada vez más insuficientes para atender la demanda de servicios cada vez más creciente. Para mejorar la procuración e impartición de jusiticia es crucial la colaboración entre el Ejecutivo y el Judicial para que haya más operadores jurídicos mejor capacitados, infraestructura digna, mejores espacios y atención para las víctimas. Urge el entendimiento.