En 2020, la fecha límite para que se entregue el reparto de utilidades al empleado es el 31 de mayo, en caso de trabajar para una empresa (persona moral); y el 29 de junio, en caso de trabajar para un patrón (persona física). Es un derecho constitucional de los trabajadores mexicanos, por lo que, de no recibirlo, la empresa se hará acreedora a una sanción.
Durante este 2020, tu empresa o empleador está obligado a darte utilidades y recibir parte de las ganancias que se han generado en el último año, de acuerdo con la Ley Federal de Trabajo.
¿Cómo saber si me van a dar utilidades?
No todos los trabajos podrán tener este beneficio, si eres empleado en los siguientes rubros, NO tienes derecho a utilidades:
- Trabajadores domésticos
- Directores
- Gerente general
- Por pago de honorarios (por ejemplo, profesionistas, artesanos, técnicos)
Hay empresas que quedarán exentas de la repartición de utilidades, estas son:
- Empresas de nueva creación (primer año)
- Empresas cuyos ingresos acumulables no hayan excedido los 300 mil pesos
- Instituciones públicas descentralizadas con fines culturales o beneficencia