La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró que los padres pueden decidir el orden de los apellidos de sus hijos, esto luego de declarar como inconstitucional la parte correspondiente del Código Civil de la Ciudad de México, pues obliga a que el primer apellido sea el del padre y el segundo el de la madre.
En sesión de la Primera Sala de la SCJN, quedó resuelto el amparo en revisión 208/2016 a propuesta del ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
Arturo Zaldívar, aseguró que la obligación de llamar a los niños de México de forma obligatoria con el primer apellido del padre es un hecho que evidencia la desigualdad del sexo femenino.
"¿Acaso los padres son superiores a las madres? ¿El hombre es superior a la mujer? Esto es un resabio histórico en el que se pensaba que el hombre tenía una superioridad en la familia, que era el jefe y que todos tenían que obedecerlo”, explicó.
Así, la Primera Sala señaló que se deberán expedir nuevas actas de nacimiento a las menores con el orden de los apellidos deseado por sus padres.