Quedan prohibidos de manera oficial los matrimonios infantiles en México

Los permisos que se otorgaban a adolescentes de 14 y 16 años, quedan anulados con excepción de un estado en el país.

A partir de este martes 4 de junio, entró en vigor en 31 Códigos Civiles de los estados de la República la prohibición del matrimonio entre menores de 18 años de edad, con excepción del estado de Baja California, que conserva excepciones y dispensas en sus leyes estatales.

A través de un comunicado, el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna) dio a conocer que en el Diario Oficial de la Federación del día 3 de junio se publicó el decreto con el que se reformó el Artículo 148 y otros del Código Civil Federal, en materia de prohibición de matrimonio infantil.

De esta manera, se reformó la versión anterior donde se permitía el matrimonio a partir de 16 años para los hombres y 14 años para las mujeres. Asimismo, se derogó la posibilidad de que autoridades locales y familiares concedieran dispensas o consentimiento para que menores de 18 años de edad contrajeran matrimonio. 

En su posicionamiento, el Gobierno de México consideró que el ajuste normativo protege los derechos humanos vulnerados a través de dicha práctica nociva. Además, reiteró su compromiso con hacer prevalecer el interés superior de niñas, niños y adolescentes.

La dependencia agradeció el respaldo de otras instituciones involucradas en la reforma, como la Secretaría de Salud (SS); el Sistema Nacional de Desarrollo Integral de la Familia (DIF); la Subsecretaría de Derechos Humanos, Migración y Población de la Secretaría de Gobernación; el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres); el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). 

El pasado 21 de marzo, el Senado de la República aprobó, por votación unánime, las reformas para prohibir el matrimonio infantil en el Código Civil Federal del país. Ese proceso legislativo se sumó a la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), de marzo de 2019, que respondió a la acción de inconstitucionalidad 22/2016 promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Aguascalientes, para fijar la edad mínima de 18 años para contraer matrimonio.