La Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PFPNNA), del Sistema Nacional Para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), determinó que la acción que realizaron el gobernador Samuel García Sepúlveda y su esposa Mariana Rodríguez Cantu, al sustraer a un niño del Centro de Asistencia Social Capullos del DIF de Nuevo León para una “convivencia familiar”, no se llevó a cabo conforme a la ley, pues no existe un proceso de adopción en curso que involucre al menor ni a la familia formada por el mandatario y la coordinadora de la unidad administrativa “Amar a Nuevo León”.
Derivado del análisis de la información recibida “se desprende que no existe un proceso de adopción en curso que involucre al niño, ni tampoco a la familia integrada por el C. Samuel García Sepúlveda y la C. Mariana Rodríguez Cantú”, indicó el comunicado.
Al respecto, la Procuraduría de Protección de Nuevo León informó que desde hace tres meses el niño “recibe visita diaria por parte de la C. Mariana Rodríguez Cantú”, sin aclarar o justificar las razones de dichas convivencias. Y argumenta que se autorizó la salida del niño bajo la responsabilidad de la C. Mariana Rodríguez Cantú, por representar para él una “figura significativa”.
Asimismo destacó que respecto a la vulneración del derecho a la intimidad del niño, la Procuraduría de Protección de Nuevo León estimó que el hecho de que la imagen y datos personales del niño hayan sido expuestos de manera masiva no configura una violación al derecho de intimidad, bajo el argumento de que: “no se considerará injerencia ilegal o arbitraria, aquella que emane de quienes ejercen la patria potestad, tutela, guarda o custodia, en el cumplimiento de la obligación de orientar, supervisar y en su caso restringir, conductas y hábitos de niñas, niños y adolescentes, siempre que atiendan al Interés Superior de la Niñez”.
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