Modifican decreto de fallecidos Covid en Coahuila; podrán ser velados y sepultados

Amigos y familiares podrán ver el cadáver bajo medidas sanitarias, en una ceremonia que podrá durar hasta cuatro horas solamente

Personas fallecidas por Covid-19 o muerte bajo sospecha como portadoras del virus, podrán ser veladas e inhumadas, además que los amigos y familiares podrán ver el cadáver bajo medidas sanitarias, en una ceremonia que podrá durar hasta cuatro horas solamente; luego de reformarse el decreto estatal en el cual se establecía sólo la cremación directa al ser caso confirmado o sospechoso del virus.

El Gobierno del estado logró reformar el decreto inicial publicado el 7 de abril del 2020 de los lineamientos para el manejo seguro y disposición de cadáveres por causa de muerte probable o confirmada de Covid-19, en base a dos argumentos: un estudio de la Sociedad Española de Anatomía Patológica, en el cual se establece que no hay evidencia de contagio de Covid por manejo de cadáveres, al menos de un contacto directo con sus fluidos.

Asimismo, se señala que al no existir evidencia científica de contagio, el cual se refiere de bajo riesgo, no debe existir ni discriminación, ni distinción para la disposición final del cadáver, en base a los derechos humanos.

Dentro de las nuevas modificaciones al decreto incluyen que independiente de la causa de muerte de la persona, podrá llevarse a cabo una ceremonia fúnebre o velación observando las medidas sanitarias que prevalecen, pero sólo podrá durar cuatro horas y con un cupo máximo de 20 personas.

Además, los familiares podrán ver el cadáver durante la velación bajo condiciones controladas de sanidad, sin establecer contacto físico de manera directa o indirecta con el mismo, ni con instrumentos o superficies que puedan estar contaminados y tendrán que tener aseo de manos después de estar cerca del féretro.


Por otro lado, los cadáveres si podrán ser cremados o inhumados, quedando a decisión de los familiares o amigos más próximos, además el Comité Técnico y Subcomités Regionales podrán modificar esta disposición al presentarse menor o mayor riesgo de contagio en cada región.

Se indica de igual manera que, cuando los cadáveres sean entregados por la institución en donde ocurrió el fallecimiento, deberá mantenerse en la bolsa especial herméticamente cerrada hasta en tanto no le sea practicada, en la funeraria, el procedimiento de limpieza, embalsamiento, maquillaje y vestimenta para la ceremonia.

En el manejo y preparación del cadáver, las funerarias deberán contar con personal y equipo especializado, previamente dado a conocer por la Secretaría de Salud, y la recomendación general es el embalsamamiento del cadáver.

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