A las bodegas del Instituto Nacional para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP) han llegado diversos obsequios como libros, un par de muñecos de María y José, una bola de béisbol, guantes para bateo, una placa para automóvil que dice “AMLO 2021”, un cuadro grabado en vidrio con la leyenda “AMLO, el mejor Presidente de México” y hasta seis pinturas en acuarela del Presidente Andrés Manuel López Obrador y su esposa, la doctora Beatriz Gutiérrez Müller.
No son de bienes confiscados, sino de regalos que fueron enviados este año al Presidente, pero que por Ley deben ser puestos a disposición de las autoridades de administración y enajenación de bienes para su venta, donación o destrucción, al igual que están obligados todos los funcionarios públicos de este Gobierno federal que tiene como objetivo prioritario el combate a la corrupción.
Puesto que el artículo 7, 40 y 52 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas establece que los servidores públicos no deben aceptar obsequios de cualquier persona u organización con motivo del ejercicio de sus funciones para sí ni para sus cónyuges, concubinos o parientes y mucho menos si son de contratistas o proveedores del Gobierno federal. Al no devolver estos regalos, se considera una falta grave administrativa y se hacen acreedores a una sanción e incluso inhabilitación.
“Aunque un pequeño regalo no debiera ser motivo de alarma, estamos muy sensibles con la historia de corrupción que hemos tenido en este país”, dijo Iván Gidi, director de la Organización Nacional Anticorrupción (ONEA). “Se marca la pauta obligada de devolverlos para no generar compromisos, no desviar la función pública, no favorecer ni violar el principio de equidad”.
En cuanto a El INDEP se encarga de la venta, donación o destrucción de estos regalos otorgados a funcionarios públicos. Pero no recibe dinero, metales preciosos, bienes con valor artístico o histórico, armas de fuego, drogas, flora y fauna protegida ni demás bienes prohibidos, por lo que orienta al trabajador para remitirla a la dependencia correspondiente.
El artículo 66 de la Ley de Responsabilidades Administrativas considera un soborno por parte del particular u organización si se busca un beneficio independientemente de si se recibe o no. “Incurrirá en soborno el particular que prometa, ofrezca o entregue cualquier beneficio indebido a una o varias personas servidoras públicas, a cambio de que éstas realicen o se abstengan de realizar un acto relacionado con sus funciones”, dice la Ley.
Iván Gidi de la ONEA no descarta que estos sobornos sigan ocurriendo en algunos casos, ya que nos mantenemos entre los países más corruptos del mundo año con año.
El ranking Estado de Derecho 2021 del World Justice Project, que considera sobornos y malversación de recursos públicos de funcionarios del Gobierno, ubicó a México en la posición 113 de 139 a nivel mundial.
Cabe destacar que en el rubro de “Ausencia de corrupción” el país se encuentra en cifras rojas con el lugar 135, por lo que está entre los cinco peores lugares a lado de naciones africanas.
Por otro lado, funcionarios de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), de Economía (SE) y la misma extitular de la Función Pública, Irma Eréndira Sandoval Ballesteros, también han recibido y regresado regalos, como muestra la información obtenida vía transparencia.
Desde el 11 de noviembre de 2019, Sandoval firmó un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación en el que detalla se le exija a los funcionarios públicos del Gobierno Federal abstenerse de solicitar o aceptar obsequios para sí o para familiares.
En caso de que, sin haberlo solicitado, reciban por cualquier medio y de cualquier persona regalos o similares con motivo del ejercicio de sus funciones, deberán informarlo “inmediatamente” al Órgano Interno de Control en la dependencia en que se encuentran adscritas y además ponerlos a disposición de la autoridad competente en materia de administración y enajenación de bienes públicos.
“En ningún caso las personas servidoras públicas podrán recibir obsequios, regalos o similares, por parte de proveedores o contratistas con los que el Gobierno Federal guarde o haya guardado vinculación”, subraya el acuerdo.
En el Código de Ética de los servidores públicas del Gobierno Federal sólo se les permite aceptar reconocimientos que les sean otorgados por instituciones públicas o académicas sólo si no implica compromiso alguno del ejercicio del cargo.
Durante la celebración de tradiciones, festejos y costumbres como los cumpleaños, se permite la recepción de regalos otorgados sólo en el ámbito de su esfera privada, siempre y cuando no se ponga en riesgo la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones, principios establecidos en el artículo 109 constitucional.
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