En un periodo de sesiones extraordinarias, el pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó incrementar las penas por el robo o exhumación de cadáveres o restos humanos en los panteones de la capital.
Anteriormente estas conductas solo se castigaban con penas de tres meses a dos años de cárcel, pero tras las reformas aprobadas, a quienes se les encuentren culpables de profanar tumbas podrían pasar hasta 10 años en prisión.
De acuerdo con las modificaciones a los artículos 207 y 208 del Código Penal, se establece que se sancionarán hasta con tres años de cárcel a quienes oculten, destruyan, inhumen, incineren o desintegren el cadáver de una persona, partes de este, sus restos o feto humano, sin la orden de la autoridad.
Igualmente, quien profane un cadáver o restos humanos con actos de vilipendio, mutilación, brutalidad o necrofilia podría pasar hasta 10 años en prisión.
El mismo castigo será aplicado para quienes compren el cuerpo de una persona, partes de éste, sus restos o fetos humanos.
En caso de si quien profana los cadáveres es un funcionario, empleado del panteón o de una funeraria, la condena de 10 años se incrementará en dos terceras partes.
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