El Servicio de Administración Pública (SAT) anunció el inicio formal del periodo en que empresas y personas físicas alistan y presentan la declaración anual.
Durante los meses de marzo y abril, tanto personas morales como físicas están obligadas a presentar su declaración anual. Mientras que las personas morales deben presentarla hasta el 31 de marzo. Por su parte, las personas físicas pueden presentar su declaración a más tardar el 30 de abril.
Entre las personas físicas que deben presentar una declaración anual están aquellos que realizan servicios profesionales o trabajan por honorarios, así como aquellos que recibieron una herencia, generaron dinero por medio de préstamos y sorteos o tuvieron dos o más patrones durante el año fiscal.
Una diferencia importante entre la declaración anual y las demás que se realizan a lo largo del año es que en esta se pueden ejercer deducciones. Gastos de salud, funerarios, en educación y donativos son deducibles ante el SAT, como te comentamos en nuestra guía al respecto.
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Si, tras presentar debidamente tu declaración anual, obtienes un saldo a favor, el SAT tiene un plazo para devolverte la diferencia en una cuenta bancaria acreditada.