La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó que las concubinas podrán reclamar el derecho a la pensión alimenticia a aquellos hombres con quienes formaron pareja, incluso aunque estuvieran casados con otra persona.
Fue la Primera Sala de la SCJN quien resolvió la ley, luego que una mujer originaria de Morelos, demandó la pensión alimenticia a un hombre casado con el que mantuvo una relación sentimental de 12 años.
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Durante el acuerdo, los ministros determinaron que el artículo 65 del Código Civil de Morelos, justo en su sección que habla del concubinato, es discriminatorio para las mujeres, porque culturalmente los hombres pueden estar casados y tener una concubina.
Por lo anterior, el proyecto fue aprobado a favor de las concubinas; la votación quedó aprobada con 3 votos a favor y dos en contra.