- La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) advirtió que las tiendas de cannabis de la cadena Paradise —ligadas a Vicente Fox— incumplen y violan en la regulación sanitaria, así como ponen en riesgo la salud de los mexicanos con la venta de productos que contienen CBD, semillas de cáñamo, así como extractos de cannabis y otras sustancias.
Aseguraron mil 811 piezas de productos en las tiendas Paradise en la Ciudad de México, que contienen CBD, semillas de cáñamo, así como extractos de cannabis y otras sustancias, de las cuales no se tiene evidencia de seguridad, calidad u origen de fabricación, declara el organismo.
En 2015, Paradise Shop Servicios fue fundado por los empresarios regiomontanos Fernando Cárcamos Díaz Rivara y Fernando Espino Barrios Giacoman, bautizados como los Fernando´s por su socio Vicente Fox, ex presidente de la República.
El ex mandatario, junto con su esposa Martha Sahagún, aparecen en videos de la inauguración de una tienda de Paradise en Nuevo León. También participa el actor y empresario Roberto Palazuelos.
Fernando Cárcamo, uno de los fundadores de Paradise, contó a la revista ajá! que invitó al ex presidente de la República como socio. Y le preguntaron se había sido fácil convencerlo?
Roberto Palazuelos compró el capital social de Paradise Shop, cuyas franquicias cuestan más de 275 mil pesos.
- Vicente Fox tiene acciones como sembrar, cultivar, cosechar, elaborar, preparar, acondicionar, adquirir, poseer, comerciar, transportar en cualquier forma, suministrar, emplear, usar, traspasar, almacenar, distribuir, llevar a cabo cualquier proceso y en general todo acto relacionado con substancias psicotrópicas, estupefacientes o productos que las contengan y de manera enunciativa y no limitativa cannabidiol, tetrahidrocannabinol, cannabis sativa, índica y americana o marihuana.
El artículo 234 de la Ley General de Salud cataloga como estupefaciente a la cannabis sativa, índica y americana o marihuana, así como su resina, preparados y semillas; por su parte, el artículo 245 señala que los canabinoides sintéticos se clasifican como substancias psicotrópicas.
Por su parte, el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios señala que los suplementos alimenticios no deben contener en sus ingredientes las plantas que no se permiten para infusiones o tés; entre ellas, la cannabis sativa, índica y americana.
Asimismo, establece que en la etiqueta y en la información con la que se comercialicen suplementos alimenticios no se deberá presentar información en la que se ostenten indicaciones preventivas, rehabilitatorias o terapéuticas, además de que no se deberán utilizar estupefacientes o sustancias psicotrópicas en la elaboración de productos de perfumería y belleza.