Como resultado de un dictamen entre las comisiones de unidad de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda del Senado, fue avalada una minuta para reformar el Código Penal Federal con el objetivo de establecer un tipo penal autónomo para sancionar a todas las personas adultas que obliguen a un menor de edad a vivir en matrimonio.
De acuerdo con el documento, se comete el delito de cohabitación forzada de personas menores de 18 años, de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o que no tienen capacidad para resistirlo, quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una o varias de estas personas a unirse informal o consuetudinariamente, con o sin su consentimiento, con alguien de su misma condición o con una persona mayor de 18 años, con el fin de convivir en forma constante y equiparable a la de un matrimonio.
Los senadores explicaron que este tipo de uniones limita la libertad de los menores
Las y los senadores subrayan que este tipo de uniones tiene consecuencias negativas, ya que, al ser separados de su familia y amigos, pierden la libertad de relacionarse con personas de su edad, participar en actividades comunitarias, sus oportunidades educativas se reducen, así como la construcción de un proyecto de vida.
Incluso, puede acarrear a la realización de trabajos forzados, prostitución y violencia contra los infantes, embarazos prematuros, mayor riesgo de contraer infecciones de transmisión sexual, entre otras.