Los trabajadores pasan mucho tiempo en el trabajo, por lo que en algún momento puede surgir una relación inesperada que pueda comprometer el ambiente laboral, los proyectos, seguimientos y rendimiento, pero ¿qué dice la LFT sobre los romances dentro del trabajo?
Este documento que regula las relaciones laborales de los colaboradores en México no prohíbe las relaciones amorosas como tal, pero en el artículo 47, fracción II, sí indica que una causal de despido es la falta de probidad, qué definido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación es:
- La Suprema Corte de Justicia de la Nación explica que la falta de probidad u honradez no es exclusiva de que exista un daño patrimonial o un lucro indebido, "sino solo que se observe una conducta ajena a un recto proceder", que podría ser si hay peleas o discusiones en el centro de trabajo o, por el contrario, hay demostraciones de afecto que están de más y no son correctos.
- Estos comportamientos sí son motivo de despido injustificado, pero, además, aunque la Ley Federal del Trabajo no diga textualmente que se prohíben las relaciones amorosas en el trabajo, las empresas sí pueden tener reglamentos internos que sí lo señalen, debido al conflicto de intereses que puede haber si una persona con un rango alto sale con alguien con un cargo menor.
Si una o las dos personas involucradas en una relación cometen una situación que afecte la probidad en el trabajo, pueden ser despedidas justificadamente, por lo que, la empresa debe indicarles cuál fue el motivo, en estos casos, el trabajador o trabajadora solo podrá cobrar la quincena de la que se trate y prestaciones como:
- Prima vacacional
- Utilidades
- Proporcional de aguinaldo
- Comisiones si trabaja en ventas
- Bonos si accedió a alguno
Algunas empresas, cuando se enteran de que hay romances entre compañeros de trabajo, los dividen por área o sucursal, situación que puede indicarse dentro del reglamento interno para evitar conflictos de intereses.